Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responsables obligación aduanera


Actualizado: 6 febrero, 2015 (hace 9 años)

La obligación aduanera es el vínculo jurídico entre la administración aduanera de la DIAN y la persona natural o jurídica para llevar a cabo las formalidades aduaneras que implican cumplir con la legislación aduanera, recaudar los derechos e impuestos, tasas y cualquier otro recargo percibido por la aduana.

Responsables de la obligación aduanera:

  • El importador: persona natural o jurídica que realiza operaciones de importación de bienes o servicios desde otros países, o desde zona franca industrial de bienes y servicios.
  • El exportador: persona natural o jurídica, que realiza operaciones de exportación de bienes o servicios con destino a otros países o a zona franca industrial de bienes y servicios.
  • El propietario: persona natural o jurídica que cuenta con los derechos de propiedad sobre un bien o servicio.
  • El poseedor: se considera al dueño de los bienes o servicios mientras se compruebe lo contrario.
  • El tenedor de la mercancía: persona natural o jurídica que se encuentra en posesión física de bienes o servicios.
  • El transportador: persona natural o jurídica que desplaza la mercancía de un país a otro.
  • El agente de carga internacional: persona jurídica cuyo objeto social es la consolidación y desconsolidación de carga internacional, para maximizar el aprovechamiento de rutas y fletes, para lo cual requieren de autorización otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Estos usuarios no pueden ser sociedades de intermediación aduanera, ni depósitos públicos o privados.
  • El depositario: persona jurídica a la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilita un lugar a los puertos de servicio público, para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero, de cualquier usuario del comercio exterior.
  • El intermediario: persona natural o jurídica que contrata servicios de un tercero para que preste servicio a otro tercero.
  • El declarante: persona natural o jurídica que da a conocer a la DIAN responsabilidades aduaneras.
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