Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente de 2020: efectos del impuesto solidario en su cobro


Actualizado: 2 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿El aporte realizado por concepto del impuesto solidario establecido por el Decreto Ley 568 de abril de 2020 forma parte de la base gravable de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta?

Pregunta resuelta mayo 28 de 2020

La retención en la fuente debe ser presentada mensualmente ante la Dian, de acuerdo con lo indicado en el calendario tributario nacional en el formulario 350. Ahora bien, si el contribuyente no cuenta con los recursos para presentarla y de paso realizar su pago, puede aplicar las condiciones señaladas en el artículo 580-1 del Estatuto Tributario.

Por otra parte, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios analiza cuál es la incidencia que tiene la creación del nuevo impuesto solidario establecido a través del Decreto Legislativo 568 de 2020 en la aplicación de la retención en la fuente.

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