Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente en compras tendrá una base de $860.000 para 2017


Actualizado: 30 diciembre, 2016 (hace 7 años)

Con el reajuste a la UVT del año 2017, la base para practicar retención en la fuente por concepto de compras quedó establecida en $860.000.

Con la actualización del valor de la UVT, la cual quedó fijada en $31.859 mediante la Resolución 000071 de 2016 de la DIAN para el año 2017, la base a partir de la cual se practica o no retención en la fuente a título de renta por concepto de compras (en general) quedó establecida en $860.000.

La base para aplicar la retención en la fuente se encuentra establecida mediante el Decreto 2512 desde 1985, su artículo 5 señala:

“A partir de la vigencia del presente decreto, todos los pagos o abonos en cuenta, susceptibles de constituir ingreso tributario para quien lo recibe, que efectúen las personas jurídicas y sociedades de hecho, por conceptos que a la fecha de expedición del presente decreto no estuvieren sometidos a retención en la fuente, deberán someterse a una retención…

(…)

Se exceptúan de la retención prevista en este artículo los siguientes pagos o abonos en cuenta:

a), b), c),…

m) Los que tengan una cuantía inferior a veinte mil pesos ($20.000) moneda corriente”.

Vale señalar que el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006 adicionó el artículo 868-1 del Estatuto Tributario, el cual contiene los valores absolutos reexpresados en UVT. A través de dicha reexpresión se estipuló que el equivalente de los $20.000 establecidos como base para la aplicación de la retención por compras (en general y otros conceptos) sería de 27 UVT.

De igual manera, es importante tener en cuenta que la tarifa de retención en la fuente por compras en general para obligados a declarar renta es del 2,5%, mientras que es del 3,5% para los no obligados.

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