Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención en la fuente en juegos de suerte y azar tendrá una cuantía mínima de $171.000 en 2019


Actualizado: 3 enero, 2019 (hace 5 años)

La Dian fijó el valor de la UVT en $34.270 para el año 2019. Por tanto, la cuantía mínima para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención se fijó en $171.000 (5 UVT) y la tarifa de retención a título de renta corresponde al 3 %.

El artículo 401-1 del Estatuto Tributario establece que los ingresos recibidos por los colocadores independientes se encuentran sometidos a una retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta del tres por ciento (3 %).

Sin embargo, dicha retención solo se practicará cuando los ingresos diarios de cada colocador independiente excedan las 5 UVT, esto, teniendo en cuenta que a través de la Resolución 000056 de 2018, la Dian fijó el valor de la UVT en $34.270 para 2019. La cuantía mínima para saber si un colocador independiente de juegos de suerte y azar estará sometido a retención queda establecida en $171.000, al aplicar la aproximación matemática.

Así mismo, vale la pena recordar que la cuantía mínima para la aplicación de retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar de los últimos cinco años han sido las siguientes:

Año

Valor UVT

Valor base

2018

$33.156

$166.000

2017

$31.859

$159.000

2016

$29.753

$149.000

2015

$28.279

$141.000

2014

$27.485

$137.000

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