Retención en la fuente especial a favor del Fondo de Modernización del Parque Automotor de Carga
Aquí hablaremos sobre...
- La Dian reglamenta el procedimiento de la retención en la fuente especial de transporte de carga
- Resolución 000008 del 25 de marzo de 2026 y retención en la fuente especial en transporte de carga
A partir del 1 de abril de 2026, las empresas de transporte de carga deberán practicar una retención en la fuente especial del 0.1% sobre el valor de los fletes, según la Resolución 000008 del 25 de marzo de 2026. El valor retenido se pagará utilizando el actualmente modificado formulario 490. Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
