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Retención en la fuente por compras 2026: valor mínimo establecido en Colombia


Retención en la fuente por compras 2026: valor mínimo establecido en Colombia

Actualizado: 17 diciembre, 2025 (hace 2 meses)

Si manejas retención en la fuente para tus clientes, en 2026 no puedes perder de vista esta información clave: El valor de la UVT 2026 y el impacto del Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, que redujo la base mínima para practicar retención en la fuente por compras.

Con esto claro podrás parametrizar bien tu software, evitar omisiones en la retención y responder con seguridad cuando te pregunten: ¿Desde qué monto debo retener por compras en 2026?

¿Para qué existe la retención en la fuente?

El punto de partida sigue siendo el artículo 367 del Estatuto Tributario –ET–: la retención en la fuente tiene por objeto conseguir, de forma gradual, que el impuesto se recaude dentro del mismo ejercicio gravable en que se causa.

Es decir, cuando tu cliente practica retención en la fuente:

  • No está creando un impuesto nuevo.
  • Está anticipando el impuesto de renta (u otros) del beneficiario del pago, para que el Estado no tenga que esperar hasta la declaración anual.

Para que esto funcione de manera razonable, el sistema siempre ha manejado cuantías mínimas: por debajo de cierto monto no se retiene.

De montos fijos a UVT: ¿cómo se definió la cuantía mínima de la retención en la fuente?

Históricamente, el tema de compras venía así:

  • El artículo 5 del Decreto 1512 de 1985 decía que no se practicaba retención cuando el pago era inferior a $20.000.
  • Luego, el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006 adicionó el artículo 868-1 al ET, reexpresando esos montos en unidades de valor tributario –UVT–.

En ese proceso, los $20.000 de cuantía mínima para compras se llevaron a 27 UVT, cifra que se mantuvo por años y que seguramente usaste en 2023, 2024 e incluso en buena parte de 2025.

La gran ventaja de manejar UVT es que el tope se ajusta automáticamente cada año con el valor fijado por la Dian en desarrollo del artículo 868 del ET.

El punto de quiebre: Decreto 0572 de 2025 y reducción de bases mínimas en la retención en la fuente

El Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025 modificó el Decreto Único Tributario 1625 de 2016 para ajustar tanto tarifas de autorretención como bases mínimas de retención en la fuente a título de renta.

En materia de compras, la lectura consolidada de la norma y de los análisis especializados es clara:

  • La base mínima para practicar retención en la fuente por compras pasó de 27 UVT a 10 UVT.
  • Esta reducción aplica desde el 1 de junio de 2025, al entrar en vigor el decreto al inicio del mes siguiente a su publicación.
retención en la fuente

Mientras no se expida un nuevo decreto que vuelva a modificar las bases, esa misma base de 10 UVT se mantiene como referencia para 2026.

UVT 2026: valor oficial y cálculo de la base mínima de retención en la fuente

La Dian anunció que el valor oficial de la UVT para 2026 es de $52.374, fijado en desarrollo del artículo 868 del ET mediante Resolución 000238 de diciembre de 2025.

Con este valor:

Cuantía mínima retención en la fuente por compras 2026
10 UVT × $52.374 = $523.740

En otras palabras, en 2026 debes practicar retención en la fuente por compras cuando el pago o abono en cuenta sea igual o superior a $523.740, salvo que otra norma especial disponga algo distinto para un caso puntual (por ejemplo, ciertas operaciones inmobiliarias u otros conceptos específicos regulados de forma separada).

uvt

Comparativo rápido: base mínima de retención en la fuente por compras entre 2024 y 2026

Solo para tener el contexto completo en tus papeles de trabajo, así queda el panorama:

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Año

UVT vigente

Base mínima en UVT

Base mínima en pesos aproximada

Norma clave

2024

$47.065

27 UVT

≈ $1.271.000

Artículo 868-1 ET + artículo 1.2.4.4.1 del DUT 1625 de 2016

2025 (ene–may)

$49.799

27 UVT

≈ $1.345.000

Resolución 000193 de 2024 + régimen anterior

2025 (jun–dic)

$49.799

10 UVT

$498.000

Decreto 0572 de 2025

2026

$52.374

10 UVT

$523.740

UVT 2026 + Decreto 0572 (vigente)

Este cuadro es útil para explicar al cliente por qué, a partir de mitad de 2025 y todo 2026, “le están reteniendo más seguido”.

En resumen

Para dejarlo en una idea sencilla de comunicar a tus clientes:

  • La retención en la fuente por compras es un anticipo de renta respaldado en el artículo 367 del ET.
  • Antes se retenía por compras desde 27 UVT, pero el Decreto 0572 de 2025 bajó la base a 10 UVT, cambio que se proyecta a 2026 mientras no se expida una nueva norma en contrario.
  • Con una UVT 2026 de $52.374, la cuantía mínima para practicar retención en la fuente por compras será de $523.740.
  • Esto aumenta el número de operaciones sometidas a retención, por lo que es indispensable actualizar parametrizaciones, capacitar al personal operativo y reforzar las revisiones de cierre.

También te compartimos recomendaciones, debido a que como contador o contadora, para 2026 es clave que ajustes varios frentes:

Frente

¿Qué debes hacer en 2026?

Detalle clave

a. Parametrización de software y plantillas

Actualizar bases mínimas.

Ajusta tablas internas de retención para que la base de compras sea 10 UVT (no 27 UVT) y verifica que ERP, software contable y Excel usen $523.740 como cuantía mínima.

b. Tesorería y cartera

Unificar criterio para ordenar pagos.

Asegura que el personal tenga clara la instrucción: si el pago por compras es ≥ 10 UVT 2026, se practica retención en la fuente por compras con la tarifa correspondiente (2,5 % u otra según aplique).

c. Control de riesgos

Revisar posibles omisiones de retención.

En conciliaciones 2026, revisa pagos por compras entre $523.740 y 1,3 millones: antes podían no estar sujetos a retención y ahora sí; allí se concentra el riesgo si alguien sigue usando 27 UVT como referencia.

d. Soporte normativo

Dejar huella documental sólida.

Referencia en papeles de trabajo: artículo 367 del ET, artículo 868-1 del ET, Resolución 000193 de 2024 (UVT 2025), Resolución UVT 2026 ($52.374) y Decreto 0572 de 2025 (base en compras de 10 UVT), para demostrar alineación normativa ante una fiscalización.

Otras cuantías mínimas que es preciso tener en cuenta para el 2026

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