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Retención en la fuente sobre rentas de trabajo de personas naturales fue reglamentado


Actualizado: 6 marzo, 2020 (hace 4 años)

Con el Decreto 359 del 5 de marzo de 2020, Ministerio de Hacienda reglamenta retención en la fuente sobre rentas de trabajo de personas naturales.

A través del Decreto 286 de 2020, el Ministerio de Hacienda reglamentó los artículos 55, 126-1, 126-4, 206, 206-1, 235-2, 383, 387 y 388 del Estatuto Tributario –ET–, modificados por la Ley 2010 de 2019, relacionados con la aplicación de la retención en la fuente sobre rentas de trabajo para personas naturales.

Dicho decreto, además, precisa algunos aspectos relacionados con la procedencia de la renta exenta del 25 % de que trata el numeral 10 del artículo 206 del ET y el numeral 2 del artículo 388 del ET, como uno de los factores de depuración de la base para el cálculo de la retención en la fuente a título de renta para las personas naturales, cuyos ingresos provengan de honorarios y compensaciones por conceptos de servicios personales.

Adicionalmente, aclara que las rentas exentas de los numerales 6, 7, 8 y 9 del artículo 206 y 206-1 del ET no estarán sometidas al límite del 40 % ni a las 5.040 UVT de que trata el artículo 336 del ET.

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