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Retención en la fuente y aportes a seguridad social en pagos por servicios a personas naturales del SIMPLE


Retención en la fuente y aportes a seguridad social en pagos por servicios a personas naturales del SIMPLE

Aquí hablaremos sobre...

  • Si la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta pertenece al régimen ordinario
  • Si la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta pertenece al régimen simple

Actualizado: 19 octubre, 2022 (hace 4 años)

A quienes realicen pagos por servicios a personas naturales del SIMPLE no les deberán practicar retención en la fuente a título de renta.

Sin embargo, para deducir el respectivo pago se deberá solicitar la prueba de que estén realizando los aportes a seguridad social según el artículo 108 del ET.

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