Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Retención sobre dividendos distribuidos por sociedad del régimen simple


Actualizado: 19 octubre, 2022 (hace 1 año)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

¿Cómo opera la retención en la fuente a título de renta sobre dividendos si la sociedad que reparte el dividendo pertenece al régimen simple?

Pregunta resuelta 6 de octubre de 2022

El líder de investigación tributaria, Diego Guevara Madrid, explica que cuando las sociedades entregan sus dividendos deben tenerlos clasificados entre gravados y no gravados, además de aplicar las tarifas de retención de los artículos 242 y siguientes del Estatuto Tributario.

Hay que tener en cuenta que las entidades que pertenecen al régimen simple no practican retención en la fuente a menos que se trata de la correspondiente a pagos laborales, según lo dispuesto en el artículo 911 del Estatuto Tributario y el artículo 1.5.8.3.1 del Decreto Único Tributario 1625 de 2016; por lo tanto, si la sociedad que está entregando el dividendo gravado o no gravado pertenece al régimen simple y el que recibe el dividendo es una persona natural que no es agente de retención, este último no debe realizar ninguna autorretención.

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