Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Revisor fiscal y Estándares Internacionales: 7 respuestas clave


Actualizado: 6 julio, 2016 (hace 8 años)

La labor del revisor fiscal está totalmente vinculada a los estados financieros válidos para propósitos legales; por tal motivo deben tenerse muy claras las fechas del proceso de convergencia para poder determinar en qué momento deben migrar al Estándar Internacional.

Responsabilidad del Revisor Fiscal frente al estado de flujos de efectivo bajo Estándares Internacionales

La Ley 675 del 2001 establece que el responsable de la información financiera en una propiedad horizontal es el administrador; este deberá contactarse con una persona que le apoye en dicho sentido, pero en ningún caso podrá ser el revisor fiscal, pues este no puede ser juez y parte de la misma información.

Contabilización de honorarios del revisor fiscal imputados contra resultados de ejercicios anteriores

La propuesta que pretende llevarse a la contabilidad en este caso es absolutamente inviable desde todos los puntos de vista y, por tanto, no podrá reconocerse ni bajo Estándares Internacionales ni en ningún otro marco normativo; lo anterior puesto que todos los gastos del período deben quedar debidamente reconocidos en el período al cual pertenecen.

Firma del ESFA por parte de representante legal, contador y revisor fiscal

El ESFA es un requerimiento fundamental para dar inicio al proceso de convergencia a Estándares Internacionales de Información Financiera; sin embargo, este documento es interno y no cumple con las condiciones para denominarse estado financiero y por tanto no tiene que ser firmado por representante legal, contador, ni revisor fiscal.

Elaboración y aprobación de las políticas contables por parte del Revisor Fiscal

Muchas entidades han creído que el revisor fiscal puede intervenir en el proceso de elaboración de las políticas contables, pero la verdad es que no puede hacerlo; esta no es la persona que se debe ocupar de elaborarlas ni mucho menos de aprobarlas: su responsabilidad es solo con la revisión.

Efectos sobre el dictamen del revisor fiscal si se aplicaron ajustes al ESFA

Si bien el ESFA no es un estado financiero que requiera el dictamen del revisor fiscal, este sí debe realizar evaluaciones de la información contenida, porque con dicha información están construidos los nuevos estados financieros bajo Estándares Internacionales.

Dictámenes que tendrá que preparar el revisor fiscal y texto de incidencias del Estándar Internacional

Esta cuestión podrá responderse según el grupo al cual pertenece la entidad aludida; el revisor fiscal dictaminará los estados financieros del 2015 para el caso del Grupo 1 y solamente hasta el 2016 lo hará en las entidades del Grupo 2.

Presentación informe de control interno por revisor fiscal al 31 de diciembre del 2015 y 2016

Los informes de control interno siguen estando vigentes y no han presentado ningún cambio normativo en relación a su ejecución; quienes realicen esta labor deberán tener en cuenta su obligación presente de atender a las Normas de Aseguramiento de la Información –NAI– y no las antiguas Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas –NAGA–.

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