Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

SAGRILAFT: ¿cuál es la responsabilidad de los profesionales contables frente al LD/FT?


SAGRILAFT: ¿cuál es la responsabilidad de los profesionales contables frente al LD/FT?
Actualizado: 25 febrero, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Responsabilidades del profesional contable
  • Personas expuestas políticamente como novedad
  • ¿Qué deben hacer las empresas frente al SAGRILAFT?
  • Estar atentos a un monitoreo de riesgos
  • Recomendaciones que deben tener en cuenta quienes se involucran en este proceso
  • Atención por parte de revisores fiscales y auditores

Los contadores deben identificar, evaluar y comprender el riesgo del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo –LD/FT– al que están expuestos e implementar medidas de mitigación apropiadas.

El revisor fiscal debe analizar los estados financieros desde una óptica diferente a la comercial.

René Mauricio Castro, contador público, consultor antilavado, antifraude y anticorrupción, vicepresidente y socio de RICS Management, explicó en #CharlasConActualícese diversos puntos a los que deberán estar atentos los profesionales contables frente al sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de LA/FT/FPADM y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF –SAGRILAFT.

El 24 de diciembre de 2020, la Supersociedades expidió la Circular Externa 100-000016, a través de la cual modificó el capítulo X de la Circular Básica Jurídica de la entidad. Se trata de un cambio al SAGRLAFT, concepto que se convirtió en el SAGRILAFT.

Castro explica que, según la circular en su punto de divulgación y capacitación, «el SAGRILAFT deberá ser divulgado dentro de la empresa obligada y a las demás partes interesadas, en la forma y frecuencia para asegurar su adecuado cumplimiento, como mínimo una (1) vez al año».

Responsabilidades del profesional contable

Castro afirma que en este tema hay que profundizar en dos puntos:

  • El rol y la responsabilidad en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del contador público al ser contratado por una empresa o una persona natural.
  • La responsabilidad del revisor fiscal (auditor externo) al auditar estados financieros de una empresa o una persona natural.

Sobre el primer punto, existe un enfoque basado en riesgo –RBA– para contadores, el cual es fundamental para la implementación efectiva de las recomendaciones del GAFI.

«Significa que los supervisores, las instituciones financieras y los contadores en la práctica pública identifican, evalúan y comprenden el riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo –LD/FT– al que están expuestos, e implementan las medidas de mitigación más apropiadas. Este enfoque les permite concentrar sus recursos donde los riesgos son mayores», recomienda.

Respecto al segundo punto, el revisor fiscal debe analizar los estados financieros desde una óptica diferente a la comercial y, para ello, se recomiendan pasos como analizar que la información contable esté acorde al sector económico al cual pertenece la empresa.

«Hay que identificar las cuentas de mayor riesgo, uso del flujo de efectivo para identificar situaciones de riesgo LA/FT y conocer casos y modalidades de LA/FT ya presentados en los cuales se usa la contabilidad para registrar estos hechos. Además, determinar indicadores para evaluar riesgos de LA/FT», describe.

Personas expuestas políticamente como novedad

Explica que, como novedad, en el SAGRILAFT se incluyeron las definiciones de las personas expuestas políticamente –PEP– extranjeras y las de organizaciones internacionales.

«Se incluyó, entre las funciones de la junta directiva, establecer los criterios para aprobar la vinculación de una contraparte cuando ostente la calidad de PEP. Por su parte, la alta gerencia es el área clave en todos los procesos donde la empresa interactúa con un PEP», explica.

¿Qué deben hacer las empresas frente al SAGRILAFT?

Castro recomienda a las empresas obligadas siempre adoptar medidas razonables de debida diligencia de la contraparte, con un enfoque basado en riesgo y su materialidad.

«Las medidas tomadas deben ser proporcionales al nivel del riesgo y su materialidad o complejidad inducida por la estructura de titularidad de la sociedad mercantil o la naturaleza de los asociados mayoritarios», aclara.

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También es importante realizar una debida diligencia continua de la relación comercial y examinar las transacciones llevadas a cabo a lo largo de esa relación para asegurar que las transacciones que se realicen sean consistentes con el conocimiento que tiene la empresa obligada sobre la contraparte, su actividad comercial y el perfil de riesgo, incluyendo la fuente de los fondos.

De igual forma, recomienda que la empresa obligada debe construir una base de datos de las contrapartes que le permita consolidar e identificar alertas presentes o futuras.

«El monitoreo y actualización del proceso de debida diligencia deberá hacerse mínimo una vez cada dos años o cada vez que sea necesario conforme a los cambios de las condiciones jurídicas y reputacionales de la contraparte, y no solo en el momento de su vinculación», informa.

Estar atentos a un monitoreo de riesgos

Castro también recomienda a los profesionales contables realizar un monitoreo de riesgos.

“Es importante desarrollar un proceso de seguimiento continuo y efectivo que facilite la rápida detección y corrección de las deficiencias del SAGRILAFT”

«Realizar el seguimiento periódico y comparativo del riesgo inherente y riesgo residual de cada factor de riesgo LA/FT/FPADM y de los riesgos asociados», manifiesta.

Es importante desarrollar un proceso de seguimiento continuo y efectivo que facilite la rápida detección y corrección de las deficiencias del SAGRILAFT. La verificación y revisión debe tener una periodicidad según el perfil de riesgo residual de la empresa obligada.

También es recomendable asegurar que los controles sean integrales y se refieran a todos los riesgos, y que funcionen en forma oportuna, efectiva y eficiente, así como asegurar que los riesgos residuales se encuentren en los niveles de aceptación establecidos por la empresa obligada.

Recomendaciones que deben tener en cuenta quienes se involucran en este proceso

  1. Conocer las tipologías de LA/FT.
  2. Mejorar las competencias en materia de investigación de fraude, LA/FT, corrupción, soborno, etc.
  3. Integrar en el equipo a contadores, auditores y otros profesionales con experiencia en investigación financiera forense.
  4. Mejorar el grado de escepticismo.
  5. Conocer la industria a la que pertenezcan sus clientes.
  6. Efectuar monitoreo y seguimiento a los estados financieros de su cliente.
  7. En este momento de pandemia, verificar aún más la actividad de su cliente y los riesgos asociados.
  8. Establecer programas de trabajo específicos para verificar el cumplimiento del SAGRILAFT, y efectuar las recomendaciones sobre el modelo para su mejora.

Como conclusión y mensaje final para auditores y revisores fiscales, Castro afirma que el “sistema SAGRILAFT debe ser evaluado continuamente para verificar que funcione efectivamente y así mitigar el riesgo LA/FT/FPADM”.

Atención por parte de revisores fiscales y auditores

Andrés Eduardo Jiménez, exfiscal delegado contra las finanzas criminales en 2017 y socio de KPMG Forensic Colombia, profundiza en la siguiente charla, sobre este tema y realiza una serie de recomendaciones para auditores y revisores fiscales.

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