Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Salario integral: 10 respuestas clave


Actualizado: 25 enero, 2016 (hace 8 años)

El salario integral es la contraprestación económica pactada entre el trabajador y su empleador; para que este se considere integral, es necesario que sea igual o superior a 13 smmlv, de los cuales el 10% corresponden al factor salarial y el 30% a la carga prestacional.

¿Se puede pactar salario integral variable? ¿Cómo se determina la base para los parafiscales y seguridad social?

El artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo establece la libertad de las partes de fijar tiempo, modo, lugar y forma de pago; entre dichas posibilidades se encuentra la de pactar un salario integral. Este consiste en el pago de una suma adicional de salario mensual, el pago anticipado de cesantías, primas, horas extras, tiempo suplementario, entre otros; lo único que no se paga son las vacaciones. Ahora, el salario integral se compone de 13 smmlv; a partir de este monto, el salario puede ser variable, siempre y cuando la variabilidad no afecte los 13 smmlv.

Si un sueldo es el salario integral más auxilio familiar y de transporte y estos últimos no constituyen salario, ¿la base para liquidar vacaciones es el salario integral más auxilios o solo el salario integral?

Cuando el trabajador tiene un salario integral que cumple con los postulados normativos y a su vez recibe el monto de un auxilio pactado con su empleador como no constitutivo de salario, únicamente se deben tener en cuenta para liquidar las vacaciones sobre la base del salario; es decir, no se incluyen los auxilios no constitutivos de salario.

¿El salario integral incluye la prima?

Todos los contratos en que se pacte un salario integral deben realizarse por escrito; de lo contrario, así se pague un salario superior a los 13 smmlv no se tomará como salario integral. A su vez, es necesario que este incluya todas las prestaciones sociales; lo único que no se incluye es el valor de las vacaciones.

¿Cómo se debe aportar para el pago de parafiscales de vacaciones compensadas de un salario integral?, ¿al 100% o al 70%?

Cuando una persona tiene un salario integral, pactado por escrito con un monto igual o superior a 13 smmlv, 10 de estos corresponden al monto del salario y el 30% es para la carga prestacional. Ahora bien, las vacaciones no están contenidas en el salario integral, por tanto se deben liquidar sobre el factor salarial (10 smmvl).

Tenemos un contrato a término indefinido con salario integral donde hay una cláusula que otorga 10 días de vacaciones extralegales los primeros 10 días de enero de cada año. Durante dicho período, ¿se debe pagar salario?

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Cabe recordar que la ley establece que cada trabajador tiene derecho a 15 días de descanso remunerado por cada año laborado; si por alguna otra circunstancia el empleador pacta con su trabajador un descanso remunerado adicional, este se concederá según lo pactado.

¿Cuál es el IBC para aportes de seguridad social de una persona que tiene salario integral y adicionalmente recibe un pago no constitutivo de salario? Ejemplo: salario integral $10.000.000 (distribución 70/30) y un pago no constitutivo por $5.000.000.

La base de liquidación de seguridad social y parafiscales es el factor salarial; por tanto, sobre el 70% se realizan los pagos de aportes a salud, pensión, riesgos laborales, parafiscales e indemnizaciones a lugar.

¿Los trabajadores con quienes la empresa ha pactado salario integral, tienen derecho a recibir algún tipo de remuneración por concepto de viáticos?

Los viáticos consisten en un monto de dinero destinado a facilitar las funciones del trabajador; este no se encuentra supeditado al tipo de contrato o al salario. Por tanto, tener un salario integral no impide el pago de viáticos.

Un trabajador tiene un salario ordinario de 8 millones. ¿Qué se debe hacer para cambiar dicho salario a un salario integral?

En este caso se trata de una modificación contractual; para esto es necesario liquidar las cesantías y la prima de servicios, y realizar la modificación de lo pactado sin que se entienda lo anterior como la terminación del contrato. De tal manera no da lugar a otras liquidaciones, por ejemplo vacaciones.

En caso de que un empleado con salario integral no realice correctamente los aportes a la seguridad social, ¿sobre quién recae la responsabilidad, trabajador o empleador?

La Ley 100 de 1993 estableció que en el caso de los trabajadores dependientes el responsable de afiliar y pagar los aportes es el empleador.

El embargo ordenado por el juez es del 50% del devengado salario integral. ¿Sobre qué monto se hace el cálculo del 50%? ¿Qué pasa con la deuda del fondo de empleados?

Es común que un trabajador autorice a su empleador el descuento de dineros por parte del fondo de empleados; no obstante, se le debe dar prioridad a las deducciones ordenadas por un juez, por lo cual solo se podrán afectar otras deducciones después de esta.

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