Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanción en declaración de renta persona natural por mal cálculo de renta líquida


Actualizado: 28 marzo, 2017 (hace 7 años)

¿Se debe pagar alguna sanción si en una declaración  de renta de persona natural se calculó mal la renta líquida?

El Dr. Diego Guevara indica que, si la renta líquida ordinaria quedó mal calculada, asumiendo que es un formulario 210, se puede hacer corrección. Posteriormente se debe validar los artículos 588 y 589.

Recordemos lo que menciona el artículo 588:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 709 y 713, los contribuyentes, responsables o agentes retenedores, podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos, en relación con la declaración tributaria que se corrige, y se liquide la correspondiente sanción por corrección.” 

Ahora bien, si se está dentro de los plazos para poder efectuar la corrección, pero se aumenta el valor a pagar, se debe aplicar la sanción por corrección del artículo 644 del Estatuto Tributario.

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