Nuevos recursos


  Caso práctico en Excel de cierre contable en una pyme

Estándares Internacionales  - 13 noviembre, 2025

  Ejemplos prácticos sobre CINIIF y SIC aplicados a Colombia

Estándares Internacionales  - 11 noviembre, 2025

  Seleccionador de políticas contables y ejemplos prácticos

Estándares Internacionales  - 11 noviembre, 2025

Sanciones a empleadores por no reportar enfermedades y accidentes laborales a tiempo


Sanciones a empleadores por no reportar enfermedades y accidentes laborales a tiempo
Actualizado: 9 octubre, 2025 (hace 1 mes)

Las empresas y trabajadores deben reportar enfermedades y accidentes laborales dentro de los 2 días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos o al diagnóstico. El incumplimiento conlleva sanciones severas y afecta los mecanismos de prevención, vigilancia y protección de los trabajadores.

En este escenario, los casos recientes de multas impuestas por el Ministerio del Trabajo a empresas que omitieron reportar enfermedades o accidentes laborales han visibilizado la importancia de cumplir diligentemente con las obligaciones legales.

Un accidente de trabajo se puede definir como un suceso repentino que ocurre con ocasión o por causa del trabajo y que genera lesiones, incapacidades, enfermedades o incluso la muerte del trabajador.

Normatividad aplicable en caso de accidentes y enfermedades laborales

El artículo 62 del Decreto 1295 de 1994 establece que los empleadores deben reportar las enfermedades y accidentes laborales dentro de los dos días hábiles siguientes al diagnóstico o la ocurrencia de los hechos, lo que refuerza la obligación de actuar con celeridad y responsabilidad.

La Ley 1562 de 2012 es el principal marco normativo que regula el sistema general de riesgos laborales en Colombia. En ella se dispone que el Ministerio del Trabajo puede imponer multas de hasta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes a las empresas que omitan o reporten extemporáneamente enfermedades o accidentes laborales.

En caso de fallecimiento del trabajador como consecuencia de un incumplimiento en las normas de salud ocupacional, la sanción no podrá ser inferior a veinte salarios mínimos.

El Decreto 1072 de 2015 unificó la reglamentación existente sobre el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, precisando las obligaciones de los empleadores y el alcance de las sanciones por incumplimiento.

Además, estableció que las administradoras de riesgos laborales deben informar al Ministerio del Trabajo sobre las empresas que no cumplan con sus deberes de reporte.

El Decreto 472 de 2015 reglamentó los criterios para graduar las sanciones en materia de riesgos laborales. Estos criterios incluyen la gravedad de la infracción, el tamaño de la empresa, la capacidad económica, la reincidencia y el daño potencial causado.

La Resolución 000312 de 2019 complementó este marco al establecer estándares mínimos del SG-SST y al precisar las obligaciones de los empleadores frente a la notificación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales.

enfermedades

Reporte oportuno en caso de accidentes y enfermedades laborales

El reporte oportuno de accidentes y enfermedades laborales es un deber ineludible de los empleadores. Este debe realizarse tanto ante la administradora de riesgos laborales –ARL– como del Ministerio del Trabajo, dentro de los dos días hábiles posteriores al diagnóstico o la ocurrencia de los hechos.

Cuando una empresa no cumple con este requisito, incurre en una infracción administrativa y puede ser sancionada con multas significativas. Estas sanciones, impuestas por el Ministerio del Trabajo, varían según la gravedad de la falta, el tamaño de la empresa y la reincidencia. En los casos más graves el monto puede alcanzar los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La normativa también establece que, cuando se demuestra que el incumplimiento contribuyó a un accidente fatal o agravó la condición de salud del trabajador, la sanción mínima será de veinte salarios mínimos.

TAMBIÉN LEE:  Ministerio de Hacienda amplía los datos del RUT que se podrán compartir con entidades públicas

Además, si el empleador reincide o no cumple con las medidas correctivas impuestas, la autoridad laboral puede ordenar la suspensión temporal o definitiva de las actividades de la empresa.

En cuanto a la graduación de las multas, el sistema colombiano diferencia las sanciones de acuerdo con la capacidad económica de la organización. Por ejemplo, las microempresas pueden enfrentar multas que oscilan entre decenas y centenares de unidades de valor tributario UVT, mientras que las grandes empresas pueden ser sancionadas con miles de UVT, lo que representa sumas considerables.

Más allá del aspecto económico, el incumplimiento del deber de reportar accidentes y enfermedades laborales genera graves consecuencias en términos de salud pública y de confianza institucional.

La falta de información oportuna distorsiona las estadísticas oficiales, impide detectar patrones de enfermedad ocupacional y retrasa la implementación de políticas de prevención. De igual modo, el trabajador afectado puede ver comprometido su acceso a las prestaciones económicas y asistenciales del sistema.

Los casos recientes demuestran que el Ministerio del Trabajo mantiene una política de cero tolerancia frente a estos incumplimientos. Las sanciones impuestas a grandes empresas del sector minero y energético evidencian que la omisión del reporte no solo implica una falta administrativa, sino también una vulneración del derecho fundamental a la salud y a condiciones laborales seguras.

enfermedades laborales

Amplía tu conocimiento con nuestro editorial Factores de riesgo laboral en Colombia.

Debido proceso en caso de sanciones

Desde el punto de vista jurídico, las sanciones deben imponerse respetando el debido proceso. Las empresas investigadas tienen derecho a ser escuchadas, presentar pruebas y controvertir las decisiones. Una vez comprobado el incumplimiento, la autoridad laboral está facultada para imponer multas y exigir la adopción de medidas correctivas dentro de plazos determinados.

En síntesis, el incumplimiento del reporte oportuno de accidentes y enfermedades laborales no solo tiene consecuencias económicas, sino también éticas y sociales. Al omitir esta obligación, el empleador obstaculiza la función de vigilancia del Estado y pone en riesgo la integridad física y mental de sus trabajadores.

La Dra. Angie Vargas, consultora en derecho laboral, explica en el siguiente video cuáles son los tipos de responsabilidad del empleador en caso de accidentes laborales:

Material relacionado

,
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito