Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanciones aplicables por no facturar electrónicamente


Sanciones aplicables por no facturar electrónicamente
Actualizado: 7 julio, 2020 (hace 4 años)

Mediante la Resolución 000042 de 2020, la Dian fijó los nuevos plazos en los cuales los obligados a facturar electrónicamente deberán comenzar a emitir esta factura.

La Ley 2010 de 2019 introdujo novedades respecto a las sanciones tributarias aplicables para quienes no cumplan con esta obligación.

La Ley 2010 de 2019, a través de su artículo 111, modificó el artículo 657 del Estatuto Tributario –ET– para establecer que la Dian podrá imponer la sanción de clausura o cierre del establecimiento de comercio, oficina, consultorio y, en general, del sitio donde se desarrolle la actividad económica, por un término de tres (3) días cuando se establezca la no adopción o el incumplimiento de los sistemas técnicos de control.

Por tanto, considerando que la Dian, mediante la Resolución 000042 de 2020, fijó los nuevos calendarios con los plazos en los cuales los obligados a facturar deberán surtir el proceso de habilitación como facturadores electrónicos, así como la fechas en las que deberán emitir las respectivas facturas electrónicas, si el obligado no cumple tales requerimientos en los plazos determinados y continúa expidiendo las facturas en papel, la administración tributaria podrá imponer la sanción del cierre del establecimiento, de acuerdo con las indicaciones del nuevo numeral 5 del artículo 657 del ET.

No obstante, el obligado a facturar electrónicamente podrá optar por pagar una multa equivalente al 10 % de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha en que incurrió en el hecho sancionable, y la Dian se abstendrá de efectuar el cierre del establecimiento (ver el inciso quinto del parágrafo 6 del artículo 657 del ET).

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  2. Señalar las novedades técnicasnormativas que a la fecha deben tenerse en cuenta con relación a la implementación de la factura electrónica.
  3. Explicar el paso a pasodel proceso de implementación de la factura electrónica en sus tres modalidades de presentación: a nombre propio, solución gratuita y a través de un operador tecnológico, conociendo las validaciones que deben darse una vez este proceso sea realizado.
  4. Ejecutar ejercicios interactivosen el portal de la Dian.
  5. Desarrollar habilidadpara comprender los modos de operación de la factura electrónica según la actividad económica.
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