Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanciones tributarias aplicadas en declaraciones informativas


Actualizado: 9 junio, 2017 (hace 7 años)

¿Qué sanción tributaria aplica en las declaraciones informativas?

Resuelta 25 de Mayo de 2017

El Dr. Diego aclara que existen varias declaraciones informativas, por ejemplo, las declaraciones de activos en el exterior y la de precios de transferencia.

Ahora bien, para determinar qué sanción tributaria le aplica a la declaración de activos en el exterior se deben estudiar los artículos 641 y 643 del Estatuto Tributario.

De la normatividad mencionada se resalta el siguiente aparte del artículo 641 del ET:

“Art. 641. Extemporaneidad en la presentación.

Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto o retención, según el caso.

Esta sanción se cobrará sin perjuicio de los intereses que origine el incumplimiento en el pago del impuesto, anticipo o retención a cargo del contribuyente, responsable o agente retenedor”.

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