Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sanciones tributarias para contribuyentes del SIMPLE cuando no pagan los anticipos bimestrales


Actualizado: 5 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Si una empresa no tiene la forma de pagar el anticipo en el régimen simple de tributación debido al cierre por la pandemia del COVID-19, ¿queda expuesta al pago de sanciones tributarias? ¿Puede ser devuelta al régimen ordinario por dicho incumplimiento?

Pregunta resuelta mayo 28 de 2020

A continuación, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica cuáles son los efectos de no proceder con los respectivos pagos bimestrales en el formato 2593, cuando los involucrados son quienes optaron por inscribirse en el nuevo régimen simple de tributación.

Recordemos que esta nueva modalidad de tributación, a la cual pueden aplicar tanto las personas naturales como las jurídicas, está regulada por lo previsto en los artículos 903 al 916 del Estatuto Tributario y el Decreto 1468 de 2019.

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