Hablar del seguro de desempleo no es un tema de ahora, cabe recordar que mediante la Ley 789 de 2002 se creó con el fin de ofrecer una alternativa de protección contra la problemática del desempleo en situaciones de deterioro de la actividad económica.
La noticia está en que el tema se quiere revivir de la mano del senador del Partido de la U, Mauricio Lizcano, cuya idea establece el pago, durante 6 meses, del 90% del último salario, y que tiene como requisito que se haya trabajado formalmente durante un año consecutivo.
El seguro solo cobijaría a las personas que ganen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. «El primer mes se recibe el equivalente al 90 por ciento del último salario devengado, y las cuotas van descendiendo mes a mes. Habrá un consejo directivo que maneje los fondos y, de acuerdo con los recursos y el número de desempleados, se determinarán anualmente los montos que se van a pagar después del primer giro», explicó Lizcano en El Tiempo.
Este seguro sería manejado por los fondos de pensiones y operado por las cajas de compensación. El seguro se financiaría de tres fuentes: el subsidio familiar, que anualmente asciende a 100 mil millones de pesos; los recursos del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleado, el cual maneja cerca de 202 mil millones de pesos al año, y de las cesantías de los usuarios que, por año, llegan a alrededor de 544 mil millones de pesos; lo que daría un presupuesto anual cercano a los 846 mil millones de pesos.
Era condición para acceder a los beneficios del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección al Desempleado, frente a cualquiera de sus prestaciones por parte del trabajador, el no hacer parte de las siguientes categorías de trabajadores:
1. Quienes ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular, así como los de período fijo.
2. Quienes hubieren cumplido los requisitos para la pensión de jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia.
3. Quienes hubieran sido despedidos como consecuencia de conductas delictivas o contravencionales.
4. Ser beneficiario del régimen de subsidios a que se refiere el artículo 8° de la Ley 789 de 2002.
5. Haber utilizado este beneficio en fecha anterior, conforme lo previsto en el artículo 10 de la Ley 789 de 2002.
6. Quienes se hayan acogido a un plan de retiro voluntario.
Aquí el seguro contra desempleo garantiza el pago de 12 cuotas mensuales de amortización del crédito, cuando se encuentre en situación de desempleo. Este beneficio cesa una vez se vincule laboralmente.
El seguró se hará efectivo cuando exista: despido sin justa causa; declaratoria de insubsistencia; despido a empleados de libre remoción; renuncia; muto consentimiento; terminación anticipada del contrato a término definido; supresión de cargos por fusión, transformación o liquidación de entidades públicas o empresas privadas; cualquier otra modalidad de desvinculación laboral por reestructuración de entidades del estado; cesación de la actividad laboral ajena a la voluntad del afiliado; cualquier otra modalidad de despido sin justa causa y despido pro retiro forzoso. (Más información al respecto aquí)
Eso es lo que piensa el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Tarsicio Mora, quien aseguró que el país necesita es una política seria para evitar el desempleo. «Se había creado un seguro al desempleo a través de las cajas de compensación y fracasó. Luego establecieron que se haría una política para generar empleo, la cual tampoco funcionó. Seguimos haciendo las cosas al revés, ¿por qué el Estado y el Congreso no estructuran un Estatuto del Trabajo?», le dijo a El Tiempo.
Julio Roberto Gómez, presidente de la Central General del Trabajo (CGT), coincide con el punto de vista de Mora y en la necesidad de desarrollar una política del trabajo. «Debemos plantearle al Congreso la urgente necesidad de desarrollar una política de empleo, pero se deben reconocer las buenas intenciones de una iniciativa de esta naturaleza», le dijo a los medios.
Roberto Junguito Bonnet, Presidente Ejecutivo de Fasecolda, desde el año 2009 viene diciendo que este seguro muy seguramente estará a cargo del trabajador beneficiado. «Un seguro de desempleo general como el que existe en otros países no lo vemos posible en Colombia. Hasta ahora, lo que creemos que se va a plantear, es un seguro al desempleo vinculado a garantizar y repagar una obligación crediticia», dijo en Caracol años atrás.