Consejo de Estado
Sentencia 68001233100020070036901 (20567)
Marzo 02 de 2017
El Consejo de Estado señala que las leyes 9 de 1989, 142 de 1994 y 388 de 1997 no consagran la posibilidad de gravar el uso de vías públicas, ni el derecho al cobro de un tributo que compense los costos por servicios administrativos que deriven para la entidad pública respectiva.