Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia C-318 de 03-05-2012


Actualizado: 3 mayo, 2012 (hace 12 años)

Corte Constitucional
Sentencia C-318

03-05-2012

IV. EXPEDIENTES D-8703

M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

1. Norma acusada

ACTO LEGISLATIVO 5 DE 2011 (julio 18), “Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”.

2. Decisión

En relación con el Acto legislativo 5 de 2011, ESTARSE A LO RESUELTO por la Corte Constitucional en Sentencia C-317 de 3 de mayo de 2012, en la cual fue declarado EXEQUIBLE, por el cargo relativo a la falta de consulta previa con los grupos étnicos del país.

3. Fundamentos de la decisión

La Corte encontró que el Acto Legislativo acusado ya fue sometido al juicio de inconstitucionalidad, por la misma causa que en esta oportunidad se invoca, cual es, la de haberse omitido la realización de consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes, el cual fue examinado en la sentencia C-317/12. Por tal motivo, no procedía un nuevo pronunciamiento sobre este cargo, razón por la cual tenía que estarse a lo decidió en el citado fallo.

4. Aclaraciones de voto

Los magistrados Mauricio González Cuervo, Nilson Pinilla Pinilla y Jorge Ignacio Pretelt Chaljub presentarán una aclaración de voto, por cuanto en su momento salvaron el voto en relación con la decisión adoptada mediante la sentencia C-317/12 a la cual debe estarse a lo resuelto en esa ocasión.

GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
Presidente

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