Corte Suprema de Justicia
Sentencia SL-1571
20-10-2015
Corte Suprema de Justicia, recuerda que el aporte al sistema de seguridad social en pensiones es una consecuencia de la prestación del servicio, por tanto, las administradoras de fondos de pensiones están obligadas a iniciar el cobro de los aportes adeudados.
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