Corte Suprema de Justicia
Sentencia SL- 2572
04-03-2015
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que la interpretación del artículo 232 de la Ley 222 de 1995, modificatoria de algunas disposiciones del Código de Comercio, no puede hacerse de manera amplia y extensiva al ámbito laboral. Esta norma mercantil prevé que en el evento de despido o remoción de administradores y revisor fiscal no procede la acción de reintegro consagrada en la legislación laboral.