Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia SL4076 (49721) de 15-03-2017


Actualizado: 15 marzo, 2017 (hace 7 años)

Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral
Sentencia SL4076 (49721)
Marzo 15 de 2017

La sanción moratoria prevista en el artículo 1 del Decreto 797 de 1949 no es de aplicación automática e inexorable, ya que es un juez quien tiene el deber de estudiar las pruebas incorporadas al proceso a fin de establecer si la conducta del empleador en el no pago de la liquidación y salarios adeudados al empleado, estuvo o no justificada.

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