Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sentencia T-508 de 04-08-2017


Actualizado: 4 agosto, 2017 (hace 7 años)

Corte Constitucional
Sentencia T-508
Agosto 04 de 2017

La Corte Constitucional precisa que en la jurisprudencia constitucional está claro que debe operar la acumulación de semanas cotizadas en el sector público y en el sector privado, para el reconocimiento de la pensión de vejez de aquellas personas que son beneficiarias del régimen de transición y que solicitan la aplicación del Acuerdo 049 de 1990.

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