Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Servicio de factura electrónica gratuita para microempresas será liberado en junio 5 de 2018


Servicio de factura electrónica gratuita para microempresas será liberado en junio 5 de 2018
Actualizado: 22 mayo, 2018 (hace 6 años)

Así lo indica un boletín de prensa del Ministerio de Hacienda de mayo 15 de 2018. La tarea de liberar ese servicio debió haberse cumplido durante el 2017. Los 7.200 mecanismos de firma digital que se obsequiarán para este proceso serán entregados solo a micro y pequeñas empresas.

El pasado 15 de mayo de 2018 el Ministerio de Hacienda emitió un comunicado de prensa en el cual se destacan los resultados positivos que se han tenido desde marzo de 2017 con el proceso de facturación electrónica que se inició de forma voluntaria con 58 empresas y que en la actualidad está siendo utilizado por un total de 620 contribuyentes (número que se ampliará a partir de septiembre 1 de 2018, fecha en que se pondrá en marcha la facturación obligatoria para los cerca de 3.500 grandes contribuyentes).

Sin embargo, en la página 2 de dicho comunicado también se indicó que «el 5 de junio la Dian lanzará el servicio de “Facturación Electrónica Gratuita Dian” para micro y pequeñas empresas».

Al respecto, debe señalarse que la Dian incumplió con el verdadero plazo para la liberación de dicho servicio, pues el parágraro 2 del artículo 10 del Decreto 2242 de 2015, recopilado en el artículo 1.6.1.4.1.10 del DUT 1625 de 2016, establece lo siguiente:

«La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) deberá, a más tardar en el año 2017, disponer de manera gratuita los servicios informáticos electrónicos correspondientes con el fin de facilitar la expedición de la factura electrónica en las condiciones establecidas en la presente Sección, a microempresas y pequeñas empresas conforme con las definiciones del artículo 2° de la Ley 905 de 2004 o las que establezca el Gobierno nacional en desarrollo del artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 o las disposiciones que modifiquen o sustituyan estas normas. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tendrá en cuenta estos elementos con el fin de identificar las empresas de menor capacidad empresarial a las cuales estarán dirigidos principalmente estos servicios y dispondrá los servicios respectivos acorde con los estándares y lineamientos que expida el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través del Viceministerio de Tecnologías y Sistemas de la Información.»

(El subrayado es nuestro)

“el plazo otorgado a la Dian para la puesta en funcionamiento del servicio de facturación electrónica gratuita para micro y pequeñas empresas ya pasó (o sea, a más tardar en diciembre de 2017)”

Como puede verse, el plazo otorgado a la Dian para la puesta en funcionamiento del servicio de facturación electrónica gratuita para micro y pequeñas empresas ya pasó (o sea, a más tardar en diciembre de 2017). Al respecto, es importante destacar que el 7 de mayo de 2018 el Ministerio de Industria y Comercio liberó un nuevo borrador del proyecto de decreto con el cual se harán ajustes a los parámetros para efectuar las clasificaciones de las empresas entre micro, pequeñas y medianas. Dicho proyecto de decreto ya se había dado a conocer inicialmente en diciembre de 2016.

Por tanto, las micro y pequeñas empresas deberán estar atentas al momento en que la Dian libere (en teoría el 5 de junio de 2018) el nuevo servicio de facturación electrónica gratuita, servicio con el que se ahorrarán la adquisición de un software especializado para dichos propósitos. De esa forma podrán unirse a aquellos contribuyentes que ya están facturando electrónicamente de forma voluntaria. Sin embargo, todos deben recordar que será a partir de enero 1 de 2019 (si es que no se produce antes una nueva reforma tributaria que cambie las normas) cuando se exigirá obligatoriamente que todos los contribuyentes del régimen común del IVA y del INC (sin importar si son personas jurídicas o naturales, y sin importar el tamaño de la empresa) expidan su facturación de forma electrónica.

La Dian solo obsequiará 7.200 mecanismos de firma digital a micro y pequeñas empresas

Tal como lo explicamos en un editorial de marzo de 2018, para poder firmar las facturas electrónicas los contribuyentes deberán contar con mecanismos de firma digital respaldados con certificado digital, los cuales deberán ser expedidos por entidades certificadoras abiertas. Es decir, para la facturación electrónica no se podrá usar el mismo instrumento de firma electrónica que se usa en la presentación de las declaraciones tributarias y los reportes de exógena.

“Aquellas micro y pequeñas empresas que no consigan gratuitamente dichos mecanismos deberán pagar por su cuenta el valor de los mismos a entidades como Certicámara u otras similares”

En vista de lo anterior, y teniendo en cuenta los costos en que deberán incurrir los contribuyentes para obtener el mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital, la Dian ha anunciado que se regalarán 7.200 mecanismos de ese tipo a algunas micro y pequeñas empresas (sobre la forma en que serán distribuidos dichos mecanismos deben esperarse las instrucciones de la entidad).

Aquellas micro y pequeñas empresas que no consigan gratuitamente dichos mecanismos deberán pagar por su cuenta el valor de los mismos a entidades como Certicámara u otras similares. Así mismo, quienes no deseen utilizar sus propios sofware de facturación electrónica, ni tampoco deseen utilizar el que se ofrecerá a partir de junio 5 de 2018 por el nuevo servicio informático de facturación electrónica gratuita, deberán entonces empezar a contrar con los servicios de alguno de los 51 proveedores tecnológicos autorizados por la Dian.

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