Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Servicios de salud para desempleados en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19


Servicios de salud para desempleados en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19
Actualizado: 22 junio, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cómo funciona esta cobertura en salud subsidiada frente al COVID-19?
  • ¿Qué requisitos se deben cumplir?
  • ¿Debe realizarse el cambio de EPS?
  • Reconocimiento de incapacidades durante la afiliación al subsidiado
  • ¿Por cuánto tiempo el afiliado y sus beneficiarios del Decreto 800 permanecerán en el régimen subsidiado?
  • ¿Aplica también para independientes?
  • ¿En qué circunstancias se pierde este beneficio?
  • ¿Si el contrato está suspendido?
  • Otras medidas de protección a la salud cuando se está desempleado
Debido a la contingencia ocasionada por el COVID-19, mediante el Decreto 800 de 2020 se estableció que las personas que pierdan su empleo en medio de la emergencia sanitaria continuarán con sus servicios de salud hasta por un (1) año.

Aquí se pueden conocer los pormenores de dicho beneficio en salud.

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