Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Servicios excluidos del Impuesto Nacional al Consumo –INC–


Actualizado: 30 mayo, 2014 (hace 10 años)

El Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1607 de 2012, indicó a lo largo de los 13 artículos desplegados del 512, tres servicios que están excluidos del Impuesto Nacional al Consumo, dichos servicios son:

Artículo Servicio Excluido del Impuesto Nacional al Consumo
512-8 -Parágrafo Los servicios de restaurante y cafetería prestados por los establecimientos de educación conforme con lo establecido en el artículo 476 numeral 6 del E.T. en desarrollo de las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994.
512-8 -Parágrafo los servicios de alimentación institucional o alimentación a empresas, prestado bajo contrato (Catering).
512-9 -Parágrafo Servicio de expendio de comidas y bebidas para establecimientos de comercio, locales o  negocios en donde se desarrollen actividades bajo:

  1. Franquicia
  2. Concesión
  3. Regalía
  4. Autorización
  5. Cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

 

Nota: aunque estos servicios están excluidos del INC, están gravados con IVA a la tarifa general (16%)

También puede consultar:

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