Actualizado: 28 abril, 2016 (hace 8 años)
El Gobierno reglamentó la devolución del IVA a turistas extranjeros no residentes en Colombia. La devolución se hará mediante abono a la tarjeta de crédito internacional, expedida en el extranjero y se descontarán los costos financieros y gastos de avisos en se incurra.
Para la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez Correa, el sector turismo cuenta con otra herramienta importante para seguir ganando en competitividad. Por lo que espera entonces que los empresarios diseñen mejores ofertas y amplíen sus mercados.
Estos son los servicios que cobija la medida:
- Los prestados por las agencias de viaje, guías de turismo y alojamiento, cuando no forman parte de paquetes o planes vendidos por agencias u hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo, cuyo pago haya sido efectuado vía electrónica o en efectivo.
- Los restaurantes bajo franquicia, transporte terrestre automotor, arrendamiento de vehículos, así como mantenimiento y reparación de automotores (motocicletas con sus partes y piezas), entre otros, adquiridos en establecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.
- De acuerdo al Gobierno, podrán solicitarlo cuando el monto sea igual o superior a 10 Unidades de Valor Tributario (UVT). El monto máximo de impuesto a devolver por persona será hasta por un valor equivalente a 100 UVT.
Fuente: Presidencia de la República.