Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si el cheque es alterado y pagado, las pruebas del delito las debe aportar el ahorrador afectado


Si el cheque es alterado y pagado, las pruebas del delito las debe aportar el ahorrador afectado
Actualizado: 13 noviembre, 2008 (hace 15 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Obligaciones del Ahorrador de Cuenta Corriente
  • De la adecuada Custodia y Reporte por Pérdida o Robo, nace el derecho a reclamar ante el Banco.
  • ¿Cuánto es el tiempo para reportar la pérdida o el robo de la chequera?
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  • Pero el banco nunca devuelve los cheques
  • ¿Cómo es un Cheque alterado que en caso de ser pagado, el banco debe responder?
  • En los casos anteriores, ¿sobre quien recae la carga probatoria?
  • Un caso reciente

Cuando queremos hacer algún tipo de reclamo a un banco, en especial la solicitud de rembolsar las sumas pagadas por un cheque que se nos ha extraviado o alterado, la carga de la prueba recae sobre el dueño de la chequera.

Obligaciones del Ahorrador de Cuenta Corriente

Entre todas las obligaciones que tiene el dueño o administrador de una chequera están dos que vamos a resaltar:

  1. La Custodia: Que no es mas que la guarda y adecuada administración del talonario de cheques, y.
  2. El reporte de pérdida o robo: Es el reporte oportuno (inmediato) del acontecimiento.

De la adecuada Custodia y Reporte por Pérdida o Robo, nace el derecho a reclamar ante el Banco.

Son frecuentes los casos en que el empresario confía el Manejo y Custodia de la chequera de la empresa a diversos empleados (como Pagadores, Tesoreros, etc.).

Si bien lo puede hacer, cuando sucede una manipulación indebida y dicho empleado altera un cheque y es cobrado fraudulentamente, el Empresario no puede alegar al banco argumentando aspectos como la supuesta obligación del banco a llamarlo cada vez que va a pagar un cheque.

En el caso anterior, lo único que puede hacer el comerciante es demostrar que la alteración es notoria o protuberante, de lo contrario no puede cobrarle al banco la devolución de los valores que le debitaron por el cheque alterado.

¿Cuánto es el tiempo para reportar la pérdida o el robo de la chequera?

La norma no habla de un término; el artículo 733 del Código de Comercio hace alusión al aviso oportuno al banco, pero sin lugar a dudas el aviso oportuno es aquel antes que el delincuente haga el uso indebido del cheque ajeno que posee.

¿Cuánto tiempo hay para reclamarle al banco cuando paga un cheque falso o la cantidad aumentada?

Una cosa es reportar la pérdida oportuna por la pérdida de un cheque, a la situación donde el Cuentacorrentista emite debidamente un cheque y este es alterado en su valor o simplemente presentan un cheque falso al banco y el valor lo debitan de su cuenta.

En estas dos últimas situaciones ya no existe responsabilidad del cuentacorrentista sino del banco librado que paga un cheque que es falso o alterado.

En estos casos, el artículo 732 del Código de Comercio establece que a partir del momento que el banco devuelva los cheques pagados al Cuentacorrentista, éste tendrá a partir de ese momento tres meses para notificar al banco del pago irregular que hizo de un cheque falso o adulterado en su valor.

Leamos la norma:

Art. 732 Responsabilidad del Banco por Pago de Cheque Falso o Suma Adulterada. Todo banco será responsable a un depositante por el pago que aquel haga de un cheque falso o cuya cantidad se haya aumentado, salvo que dicho depositante no notifique al banco, dentro de los tres meses después de que se le devuelva el cheque, que el título era falso o que la cantidad de él se había aumentado.

Si la falsedad o alteración se debiere a culpa del librador, el banco quedará exonerado de responsabilidad.”

Pero el banco nunca devuelve los cheques

Eso es cierto, si bien el artículo 728 del Código de Comercio obliga a los bancos a devolver los cheques originales junto con el extracto de la cuenta, en la práctica los bancos cuando remiten el extracto no envían ni el cheque original, ni tampoco una fotocopia.

Por ello, cuando le llegue el extracto de su cuenta corriente, puede exigirle al banco la remisión de los cheques que ha pagado de su cuenta,  tal como lo mencionábamos anteriormente.

¿Cómo es un Cheque alterado que en caso de ser pagado, el banco debe responder?

Cuando la firma es notoriamente evidente. Un pequeño punto o raya de mas o de menos no es condicionante para determinar que la firma es notoriamente distinta a la registrada en el banco; tienen que ser diferencias en la firma que hay en el cheque y la registrada que cualquiera las pueda notar, de lo contrario no son notorias y no es culpa del banco cuando hace el pago de dicho título valor.

Asimismo, debe responder cuando ante la mirada de cualquier persona es evidente que se han repintado números o letras, o hay enmiendas ilegales y por supuesto, cuando el papel del cheque no corresponde a papel de seguridad que es usado para la fabricación de los cheques.

En los casos anteriores, ¿sobre quien recae la carga probatoria?

Sobre el Ahorrador en la Cuenta Corriente, habida cuenta de pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia desde el año 2003, en locs cuales determina que es a él y sólo a él al que le corresponde acreditar que el documento (cheque) contenía una falsedad o alteración palpable, más si se tiene en cuenta que al demostrarse dicho error del banco estaría obligado a rembolsar al cuentacorrentista el valor del cheque indebidamente pagado.

Un caso reciente

Hace un par de meses, la Corte Suprema de Justicia falló un caso a favor del banco, cuando un cuentacorrentista pretendió recobrar a la entidad financiera el valor de un cheque que pagó irregularmente.

Dicha anormalidad se dio cuando la Tesorera de la empresa del cuentacorrentista, quien era la que siempre manejaba la chequera, en complicidad de otro empleado sustrajeron un cheque y lo diligenciaron por un valor X, que efectivamente cobraron.

A los días cuando el Cuentacorrentista se dio cuenta del faltante, reclamó ante el banco, quienes al revisar el cheque observaron que la firma del girador era igual y el papel (cheque) no tenia ninguna alteración, por lo que el cuentacorrentista inútilmente argumentó que era deber del banco llamarlo telefónicamente para que éste autorizara su pago.

Finalmente la Corte negó las pretensiones del cuentacorrentista porque éste no informó oportunamente la perdida del cheque, sino que sólo lo hizo cuando se enteró del débito de su cuenta.

De tal manera que el banco fue exonerado de rembolsar el dinero, ya que en este caso, sólo sería condenado en caso que el cheque fuera visiblemente o notoriamente alterado.

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