Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

SIC modificó el formulario del RUES para registrarse o renovar la matrícula mercantil


SIC modificó el formulario del RUES para registrarse o renovar la matrícula mercantil
Actualizado: 26 julio, 2017 (hace 7 años)

A través de su Circular 000004 de 2017, la SIC definió la nueva estructura del formulario que se usará a partir de agosto 1 de 2017 para llevar a cabo el RUES administrado por las cámaras de comercio, con el cual se efectúan los registros de la matrícula mercantil de los comerciantes.

“deberá empezar a utilizarse a partir de agosto 1 de 2017 en los procesos del registro de la matrícula mercantil de los comerciantes o de sus establecimientos de comercio al igual que de sus posteriores renovaciones”

El pasado 14 de julio de 2017 la Superintendencia de Industria y Comercio expidió su Circular 000004 a través de la cual se define la estructura del nuevo formulario del Registro Único Empresarial y Social –RUES– administrado por las cámaras de comercio de todo el país, el cual, de acuerdo con la Circular 000003 de mayo 24 de 2017, deberá empezar a utilizarse a partir de agosto 1 de 2017 en los procesos del registro de la matrícula mercantil de los comerciantes o de sus establecimientos de comercio al igual que de sus posteriores renovaciones.

En comparación con el formulario del RUES que se ha venido usando hasta la fecha, el nuevo diseño definido en la Circular 000004 de julio 14 de 2017 incluye, entre otras, las novedades que destacamos a continuación:

  1. En la sección 1 se solicitarán más datos tal como se puede ver en las siguientes imágenes comparativas:

2. En la sección 5, en el espacio en que se incluyen las cifras financieras del más reciente ejercicio contable anual, esta vez se incluye una casilla para indicar a cuál grupo de la convergencia a Estándares Internacionales pertenece el comerciante. (Ver la siguiente imagen)

3. Las secciones 10 y 11 fueron totalmente modificadas y ahora solicitarán información sobre si el comerciante se estará acogiendo a los beneficios de la Ley Projoven (ver artículos 2 a 6 de la Ley 1780 de mayo de 2016 los cuales fueron reglamentarios con el Decreto 639 de abril 19 de 2017) e información sobre si es aportante al sistema de seguridad social (Ver siguiente imagen)

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