Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sistema IMAS se utilizará por última vez para las declaraciones del año gravable 2016


Sistema IMAS se utilizará por última vez para las declaraciones del año gravable 2016
Actualizado: 8 agosto, 2017 (hace 7 años)

El 2016 es el último período por el cual las personas naturales podrán presentar sus declaraciones a través de los formularios 230 y 240, pues para el año gravable 2017 y siguientes aplicarán las novedades que introdujo la reforma tributaria estructural en torno a la declaración de renta.

Respondamos a la siguiente pregunta: ¿Por el año gravable 2016 pueden utilizarse el formulario “230 Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Empleados” y el “240 Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Trabajadores por Cuenta Propia”?

Por el año gravable 2016 todavía se pueden presentar los formularios de declaración anual del impuesto mínimo alternativo simple –IMAS– 230 y 240, para empleados y trabajadores por cuenta propia respectivamente. Lo anterior se debe a que a pesar de que dichas declaraciones se presentarán durante el 2017, estas no se ven afectadas por las novedades en materia de la liquidación del impuesto sobre la renta de personas naturales que introdujo la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016, porque dichas modificaciones tienen aplicación para el año gravable 2017 y siguientes, en otras palabras, aunque la tributación de las personas naturales del año gravable 2016 no se ve afectada por los cambios sustantivos que haya efectuado la ley en mención, tales cambios implican que dicho período gravable es el último en que se podrán presentar los formularios 230 y 240.

Recordemos que las personas naturales que pertenezcan a la categoría tributaria de empleado o trabajador por cuenta propia podrán liquidar su impuesto de renta de forma voluntaria a través del sistema IMAS siempre y cuando cumplan con los requisitos para declarar por este sistema.

De esta manera, los empleados que pueden presentar el formulario 230 son los que hayan obtenido ingresos brutos inferiores a 2.800 UVT (equivalentes a $83.308.000 por el 2016) y el patrimonio líquido de 2015 haya sido inferior a 12.000 UVT, es decir menor a $339.348.000 por el año gravable 2015.

Por otra parte, por el año gravable 2016, podrán declarar por el formulario 240 los trabajadores por cuenta propia cuya renta gravable alternativa durante 2016 haya sido inferior a 27.000 UVT (equivalentes a $803.331.000) y que en el 2015 hayan poseído un patrimonio líquido inferior a 12.000 UVT.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,