Los coeficientes se definen como los índices que establecen la participación porcentual de cada uno de los propietarios de bienes de dominio particular en los bienes comunes. Con ellos se define: la participación en las asambleas y la proporción de la contribución en las expensas comunes –excepto cuando es de uso mixto o comercial- que se hará por módulos de contribución.
Cómo se calcula?
Área privada construida sobre el área total privada.
Al área total se le asigna el 100% y a cada unidad privada un coeficiente así: cuociente resultante de dividir el área privada de cada unidad privada por el área total privada del conjunto.
El área privada construida es la extensión superficiaria cubierta de cada bien privado, excluyendo los bienes comunes localizados dentro de sus linderos, de conformidad con las normas legales. Por eso, se debe verificar si el área que tiene en cuenta es realmente privada, o por el contrario, incluye zonas comunes en cuyo caso, debe proceder a restarle esta área al área privada.
Cuando se cobra por módulos, se descuentan porcentualmente los costos que no se deben incluir por no tener directa relación con ellos.
Cuáles son los aspectos que se califican y ponderan en el cálculo del coeficiente en las unidades mixtas o comerciales?
El área, la destinación y las características.
Se calculan así:
Autor:
Martha Elena Ramírez Castaño.
ABOGADA CONSULTORA NCL.
EXPERTA EN PROPIEDAD HORIZONTAL.
Gerente General y Representante Legal
CENTRAL DE RIESGO INMOBILIARIO SAS.
E-mail: maelra@datainmobiliario.com