Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sociedades comerciales obligadas a tener revisor fiscal


Actualizado: 27 marzo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Si una SAS tiene revisor fiscal y al cierre del 2017 está por debajo de los 5 mil salarios mínimos en activos y 2 mil salarios mínimos en ingresos, puede prescindir del revisor fiscal? ¿Para la Dian bastaría con actualizar el RUT?

Resuelta 22 de marzo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que, de acuerdo con lo que establece el artículo 28 de la Ley 1258 de 2008 y el Decreto 2020 de junio de 2009, una SAS quedará obligada a contratar un revisor fiscal, siempre y cuando se superen los topes que son establecidos en el artículo 13 de la Ley 43 de 1990.

Es de anotar que los topes a tener presentes en la citada ley para tener la obligación de contratar revisor fiscal, deben ser determinados de acuerdo con los valores contables. Igualmente, se aclara que si al finalizar el año gravable, la entidad no supera los topes consagrados en la normatividad mencionada, la entidad podrá prescindir de los servicios del revisor fiscal, sin que ello implique algún tipo sanción.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,