Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Solicitan expedir nuevo decreto reglamentario que actualice normas para entidades del grupo 1


Solicitan expedir nuevo decreto reglamentario que actualice normas para entidades del grupo 1
Actualizado: 22 agosto, 2018 (hace 6 años)

El CTCP realiza una propuesta dirigida a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y el de Comercio, Industria y Turismo, en la que solicita una actualización de las normas técnicas contables que aplican a entidades del grupo 1. En este editorial le explicamos los motivos de dicha solicitud.

El pasado 16 de agosto de 2018, el CTCP expuso en su página web su propuesta dirigida a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y el de Comercio, Industria y Turismo, en la que explica las razones por las cuales se requiere una actualización de las normas aplicables a las entidades del grupo 1 expuestas en el anexo 1 del DUR 2420 de 2015 y 1.1 del Decreto 2496 de 2015, las cuales han sido modificadas en reiteradas ocasiones (Decretos 2131 de 2016 y 2170 de 2017).

Si bien la carta enviada por el CTCP a los ministerios, no se puede visualizar correctamente y presenta problemas para su descarga, de la información adjunta se puede precisar que dichos cambios no corresponden a modificaciones en los lineamientos específicos de la aplicación de las normas técnicas, sino que se refieren a ajustes editoriales de la traducción, los cuales no conllevan a correcciones en la norma y, por tanto, no justifican emitir un documento para su discusión pública.

“el CTCP comparte diferentes carpetas con la inclusión de todas las normas aplicables a entidades del grupo 1 y concluye que este decreto podría tener aplicación a partir del 1 de enero de 2019”

De acuerdo con esto, el CTCP comparte diferentes carpetas con la inclusión de todas las normas aplicables a entidades del grupo 1 y concluye que este decreto podría tener aplicación a partir del 1 de enero de 2019 y debería ser tenido en cuenta en la preparación de los estados financieros de propósito general que empiecen en dicha fecha. Cabe anotar que según los plazos que fueron establecidos en el artículo 14 de la Ley 1314 de 2009:

“Las normas expedidas conjuntamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo entrarán en vigencia el 1 de enero del segundo año gravable siguiente al de su promulgación, a menos que en virtud de su complejidad, consideren necesario establecer un plazo diferente”.

En concordancia con este requerimiento y con el fin de que usted tenga presente la ruta normativa de los decretos que contienen las normas técnicas y de aseguramiento de la información que el CTCP recomienda actualizar. A continuación, mencionamos los antecedentes y normas emitidas hasta el momento.

Antecedentes

Con el fin de atender los requerimientos de emisión de información regulados a nivel internacional, hablar un mismo idioma en materia contable y con el afán de mejorar los lazos comerciales con el resto de los países, se tomó la decisión en Colombia de adoptar las Normas de Información Financiera y las Normas de Aseguramiento de la Información. Fue a través del proyecto de decreto generado en 2007 cuando estas fueron adoptadas, posteriormente, el 20 de julio de 2009, se dio origen a la Ley 1314.

Dicha ley expuso la obligatoriedad de la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos, la independencia de estas normas con relación a las normas tributarias, las facultades de las entidades de supervisión, regulación y normalización técnica, entre otras disposiciones, y a partir de su emisión se generaron diferentes decretos, entre estos:

Decreto 2420 de 2015 y normas posteriores

Como consecuencia de la expedición de tantas normas relacionadas con la emisión, auditoría y revisión de información financiera, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo crea el 14 de diciembre de 2015 el DUR 2420 para compilarlas, de esta manera  se reúnen todas las normas reglamentarias de la Ley 1314 de 2009 mencionadas en los anteriores ítems y expone 4 anexos técnicos:

  • Anexo 1. Con las normas aplicables en empresas del grupo 1.
  • Anexo 2. Con el marco técnico para preparadores de información financiera en el grupo 2.
  • Anexo 3. Con la norma simplificada para empresas del grupo 3.
  • Anexo 4. Con las normas de aseguramiento.

Sin embargo, a los nueve días de expedida esta norma, emite el Decreto 2496 de 2015 que realiza modificaciones a las normas aplicables a los grupos 1 y 2, de manera que al DUR 2420 de 2015 se le incorpora el anexo 1.1 para emisores de información financiera de grupo 1 y el anexo 2.1 para las pymes. Luego de este Decreto se emitieron otros cuantos que describimos a continuación.

  • Decreto 2131 del 22 de diciembre de 2016:
    • Incorpora el anexo 1.2 y contiene modificaciones parciales al marco técnico para empresas del grupo 1 en lo concerniente a los cambios en los pasivos que surgen de las actividades de financiación (ver la NIC 7 Estado de flujos de efectivo); el reconocimiento de activos por impuestos diferidos por pérdidas no realizadas (ver NIC 12 Impuesto a las ganancias), bienes y servicios distintos, concesión de licencias y regalías basadas en ventas o en uso (ver NIIF 15 Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes).
    • Incorpora la sección 23 al anexo 2 del Estándar para Pymes.
  • Decreto 2132 del 22 de diciembre de 2016 que modifica el marco técnico normativo de las normas de aseguramiento de la información e incorpora el anexo 4.1 que actualiza el anexo 4 del DUR 2420 de 2015.
  • Decreto 2101 del 22 de diciembre de 2016 que incorpora el título 5 al DUR 2420 de 2015 que trata del régimen reglamentario de información financiera para las entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha y a su vez, incorpora el anexo 5 de las normas técnicas aplicables a este tipo de entidades.
  • Decreto 2170 del 22 de diciembre de 2017:
    • Modifica el marco técnico normativo para las entidades del grupo 1 con la incorporación de un anexo 1.3 que incluye la NIIF 16 Arrendamientos, y las modificaciones a la NIC 40 Propiedades de inversión, la NIIF 2 Pagos basados en acciones, la NIIF 4 Contratos de seguro, entre otras.
    • Incorpora el párrafo 29.13 al anexo 2.1 del Estándar para Pymes, dicho párrafo incluye 5 ejemplos de situaciones en las que surgen diferencias temporarias y realiza una aclaración vs la norma anterior.
    • Incluye en el DUR 2420 de 2015 el anexo 4.2 que contiene la revisión a las NIA 700, 705, 706, 570 y 260; incorpora la NIA 701 y el diagrama de flujo del párrafo A47 (corregido) de la NIA 600.

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