Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Solicitud de calificación en el régimen tributario especial por una cooperativa


Actualizado: 1 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

Una entidad figura en la Cámara de comercio como una cooperativa comercial ESAL. Pese a ello, en el RUT no tiene la responsabilidad 04 sino la 05. En ese caso, ¿hay que hacer la actualización de datos en abril, o por ser cooperativa ya pertenece automáticamente al régimen tributario especial? 

Resueltas el 26 de abril del 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que, para dar respuesta a la consulta, lo primero que se debe evaluar es si la entidad realmente funciona como una cooperativa para, de esta manera, determinar cuál es su verdadera carga tributaria.

Dicho lo anterior, se precisa que, si después de evaluar las condiciones en las cuales opera la entidad se concluye que esta no hace parte del gremio de las cooperativas, sino que funciona como cualquier empresa comercial, no será necesario adelantar ningún proceso de calificación en el régimen tributario especial

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