Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Soporte de gastos con factura electrónica por el año gravable 2020


Actualizado: 12 enero, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30% mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del ET?

Pregunta resuelta enero 07 de 2021

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30 % mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario –ET–.

Para conocer más detalles sobre la correcta implementación de la factura electrónica, se recomienda estudiar lo establecido en la Resolución 000042 de 2020.

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