Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Subsidios por incapacidades no pueden ser deducidos por el empleador según la Dian


Subsidios por incapacidades no pueden ser deducidos por el empleador según la Dian
Actualizado: 15 mayo, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Incapacidades no pueden asimilarse a indemnizaciones por accidentes laborales o enfermedades
  • Subsidio de incapacidad a cargo de entidades promotoras de salud no se considera salario
  • Posibilidad de deducirse pagos adicionales a los efectuados por las EPS
  • Los subsidios por incapacidad no pueden asimilarse a una atención al trabajador
Para la entidad, los pagos adicionales que le realice el empleador al trabajador cuando este último se encuentre incapacitado no podrá deducirlos en renta. Dichos pagos no pueden asimilarse como una atención al empleado y por tanto no pueden deducirse en los términos del nuevo artículo 107-1 del ET.

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