Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sucesión de bienes entre familiares: documentación y alternativas para realizar este trámite


Sucesión de bienes entre familiares: documentación y alternativas para realizar este trámite
Actualizado: 3 agosto, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Pocos le apuestan al testamento
  • Documentación a reunir en un proceso de sucesión de bienes
  • ¿De qué forma se reparten los bienes?
  • Donaciones en vida son permitidas

Aunque el testamento es un documento con muchos años en el escenario, pocos lo utilizan. En medio de un proceso de sucesión de bienes se debe reunir una serie de documentos, y existen tres formas para repartirlos, que van desde la herencia de común acuerdo hasta una figura de contador-partidor.

“Muchas personas no dejan redactado un testamento antes de morir”

En el momento en que una persona fallece sus familiares comienzan a preguntarse qué suerte correrán los bienes que este tenía en vida, así como quiénes serán los herederos que el difunto dejó. Cuando la persona que ha fallecido deja un testamento el proceso puede ser sencillo, ya que con su última palabra los herederos pueden iniciar un proceso de sucesión para que los bienes lleguen a sus manos.

Pocos le apuestan al testamento

Muchas personas no dejan redactado un testamento antes de morir. El Código Civil define el testamento como una declaración legal, escrita y voluntaria, sobre cómo quieren que se disponga de sus posesiones, bienes y derechos después de su muerte, la cual adquiere validez legal una vez se registra ante un notario.

A nivel nacional no existe una estadística del número de personas que legalizan los testamentos. Pilar Conde, notaria 27 encargada, dice en El Tiempo que esta es una figura a la que pocos acuden y, por lo regular, quienes lo hacen son personas de avanzada edad.

A través del mismo medio de comunicación se explica que existen otras alternativas para las personas que tienen bienes para heredar como son los fideicomisos y los capitales autónomos, en los cuales el capital heredable se encomienda, generalmente, a una institución financiera para que lo administre y, en caso de muerte, lo reparta entre los designados previamente, o lo invierta según lo dispuesto en el contrato.

Documentación a reunir en un proceso de sucesión de bienes

La sucesión de bienes se puede llevar a cabo desde el momento de la muerte de la persona. Al respecto, se deben reunir y verificar el correcto diligenciamiento de una serie de documentos como son:

  • Certificado o acta de defunción.
  • Registro civil de nacimiento de los herederos.
  • Registro civil de matrimonio del fallecido (en caso de que exista).
  • Testamento (en caso de que exista).
  • Los certificados que acrediten la titularidad de los bienes adquiridos por el causante.
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¿De qué forma se reparten los bienes?

Existen tres formas en las que se pueden repartir los bienes:

  • Voluntaria: los familiares tramitan la herencia de común acuerdo. A través de un documento privado o por escritura pública ante notario se puede formalizar este proceso.
  • Por vía judicial: si entre los familiares se presentan diferencias frente a la repartición de los bienes, deberán acudir ante un juez para que este realice la partición debida de los bienes.
  • Partición de herencia por contador-partidor: bajo esta figura se puede realizar dicho proceso, sea testamentario o dativo. El primero, es una persona nombrada por el fallecido en su testamento para que sea quien reparta la herencia; el segundo, es una persona nombrada por el juez por solicitud de los herederos o familiares.

Donaciones en vida son permitidas

El artículo Heredar en vida es posible y puede evitar enredos, publicado en la revista Semana, afirma que es permitido transferir, en vida y gratis, una parte de los bienes en contratos que conceden ventajas económicas a terceros, sin exigir una contraprestación a cambio. Uno de esos contratos es la donación; para ciertos casos, según su cuantía, se necesita autorización notarial para hacer este tipo de donaciones. “La ley pide que quien quiera donar todos sus bienes conserve lo necesario para subsistir de un modo correspondiente a su posición social y deje prueba fehaciente de esto en la escritura pública en la que consta la donación», dice Helí Abel Torrado, socio administrador de Torrás Abogados.

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