Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sucesiones ilíquidas en el régimen simple de tributación


Actualizado: 15 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

¿Una sucesión ilíquida puede pertenecer al régimen simple de tributación?

Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que con la entrada en vigor de la Ley 1943 de 2018 se instituyó el nuevo régimen simple de tributación. Los contribuyentes que deseen acogerse a dicho régimen deberán cumplir las condiciones y requisitos del artículo 905 del Estatuto Tributario sobre los sujetos pasivos del impuesto unificado bajo ese modelo de tributación. Las disposiciones allí expresadas se refieren exclusivamente a las personas naturales y jurídicas, por tanto, las sucesiones ilíquidas quedan excluidas del SIMPLE.

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