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La Superfinanciera certificó el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, y demás para octubre de 2025.
La Superfinanciera expidió la Resolución 1821 de 2025 por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para las siguientes modalidades de crédito:
Se certifica en 16,24% efectivo anual para la vigencia entre el 1 y el 31 de octubre de 2025, la cual representa una disminución de 43 puntos básicos (-0,43%) frente a la vigente en septiembre de 2025 (16,67%).
Las siguientes certificaciones del Interés Bancario Corriente estarán vigentes entre el 1 y el 31 de octubre de 2025.
| Modalidad |
Efectivo anual |
|
Crédito de consumo de bajo monto |
42,90% |
|
Crédito productivo de mayor monto |
27,05% |
|
Crédito productivo rural |
17,23% |
|
Crédito productivo urbano |
37,40% |
|
Crédito popular productivo rural |
49,40% |
|
Crédito popular productivo urbano |
59,62% |
Tasas no certificadas por la SFC
basadas en el Interés Bancario Corriente
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884)[2] y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).
|
Modalidades de crédito |
Interés remuneratorio y de mora (efectivo anual) |
Usura (efectivo anual) |
| Crédito de consumo y ordinario |
24,36% |
24,36% |
| Crédito de consumo de bajo monto |
64,35% |
64,35% |
| Crédito productivo de mayor monto |
40,58% |
40,58% |
| Crédito productivo rural |
25,85% |
25,85% |
| Crédito productivo urbano |
56,10% |
56,10% |
| Crédito popular productivo rural |
74,10% |
74,10% |
| Crédito popular productivo urbano |
89,43% |
89,43% |
Fuente: Superfinanciera.
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