Supersociedades indica que transformación de S.A. a S.A.S. necesita estados financieros base
La Supersociedades explicó que la transformación de una S.A. a una S.A.S. debe sustentarse en estados financieros base para la reforma estatutaria.
La Supersociedades reiteró, a través del Oficio 115 – 323554 del 3 de agosto del 2026, que la transformación de una sociedad anónima en sociedad por acciones simplificada es una reforma estatutaria que debe sustentarse en estados financieros de propósito especial, elaborados, dictaminados y aprobados por el máximo órgano social.
Aunque la Cámara de Comercio no exige su aporte físico para el registro mercantil, la preparación de dichos estados es un requisito interno ineludible, pues garantizan que los accionistas cuenten con información financiera actualizada al momento de decidir la reforma.
Este criterio está desarrollado en el Capítulo IV de la Circular Básica Contable y ha sido reiterado en oficios recientes publicados por la entidad.
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