La tarifa de contribución para las sociedades sometidas a vigilancia, control e intervención, quedó estable en 16,13 centavos por cada $1.000 de activos. Para las sociedades que están dentro del régimen de insolvencia empresarial, se estableció un valor de $644.350, equivalentes a un salario mínimo legal mensual vigente.
La Superintendencia de Sociedades, mediante la Resolución 533-000404 de 2015, anunció que para la vigencia 2015 se mantiene tarifa de contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia.
La tarifa de contribución para las sociedades sometidas a vigilancia, control e intervención, es de 16,3 centavos por cada 1.000 pesos de activos. En ningún caso, la contribución podrá exceder el 1% del total de las contribuciones, ni ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.
Para las sociedades que están dentro del régimen de insolvencia empresarial, es decir, en reorganización empresarial, en acuerdo de restructuración, en concordato y en liquidación, se estableció un valor de $644.350, equivalentes a un salario mínimo legal mensual vigente.
El pago de la contribución deberá efectuarse dentro de los 20 días calendario, siguientes a la fecha de expedición de la cuenta de cobro. La contribución no pagada dentro del plazo señalado, causará los intereses de mora aplicables al impuesto de renta y complementarios.
Fuente: Supersociedades.