Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Guía] Tabla de retenciones en la fuente por renta para el año fiscal 2019


Actualizado: 8 enero, 2019 (hace 5 años)

Las tarifas de retención en la fuente a título de renta para el año 2019 por conceptos tales como compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros, se encuentran discriminadas en la siguiente guía con sus respectivos topes en UVT y la cifra correspondiente en pesos (el monto de UVT para 2019 es de $34.270).

Compartimos la siguiente guía en la que exponemos los diferentes conceptos y tarifas de retención en la fuente a título de renta para 2019 con sus correspondientes cuantías mínimas en UVT y en pesos.

Tenga en cuenta que al final de este editorial podrá descargar la versión de esta tabla en Excel, la cual incluye diferente normatividad relacionada con cada concepto:

Conceptos Cuantía en UVT Cuantía en pesos Tarifa
Compras Compras en general para obligados a declarar renta. > = 27 UVT > = 925.000 2,5%
Compras en general para no obligados a declarar renta. > = 27 UVT > = 925.000 3,5%
Compra de café pergamino o cereza. > 160 UVT > 5.483.000 0,5%
Compras con tarjetas débito o crédito. No aplica 100% 1,5%
Compra de productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial. > 92 UVT > 3.153.000 1,5%
Compra de bienes y productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial, llevada a cabo por personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores (vendedor obligado a declarar). > = 27 UVT > = 925.000 2,5%
Compra de bienes y productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial, llevada a cabo por personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores (vendedor no obligado a declarar). > = 27 UVT > = 925.000 3,5%
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación por las primeras 20.000 UVT. Hasta 20.000 UVT 685.400.000 1,0%
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación cuando exceda las 20.000 UVT (al excedente se le aplicará la tarifa aquí señalada). Más de 20.000 UVT > 685.400.000 2,5%
Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda de habitación, si el vendedor es persona jurídica, sociedad de hecho o persona natural declarante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 368-2 del ET. > = 27 UVT > = 925.000 2,5%
Adquisición de vehículos. > = 27 UVT > = 925.000 1,0%
Compra de combustibles derivados del petróleo. No aplica 100% 0,1%
Enajenación de activos fijos para personas naturales (el vendedor es persona natural no agente de retención). > = 27 UVT > = 925.000 1,0%
Arrendamientos Arrendamientos de bienes muebles. No aplica 100% 4,0%
Arrendamiento de bienes raíces para obligados a declarar renta (arrendador obligado a declarar). > = 27 UVT > = 925.000 3,5%
Arrendamiento de bienes raíces para no obligados a declarar renta (arrendador no obligado a declarar). > = 27 UVT > = 925.000 3,5%
Honorarios y comisiones Honorarios y comisiones para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales declarantes de renta. No aplica 100% 11,0%
Honorarios y comisiones para no declarantes de renta (la tarifa depende de las condiciones estipuladas en los literales a) y b) del artículo 1 del Decreto 260 de 2001). No aplica 100% 10% u 11%
Comisiones en el sector financiero. No aplica 100% 11,0%
Comisiones por transacciones en bolsa. No aplica 100% 3,0%
Contratos y consultorías Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales o jurídicas y entidades contribuyentes del impuesto de renta. No aplica 100% 6,0%
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales, consorcios o uniones temporales cuyos miembros sean personas naturales declarantes del impuesto de renta. Más de 3.300 > 113.091.000 6,0%
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales no declarantes del impuesto de renta. No aplica 100% 10,0%
Contratos de consultoría de obras públicas. No aplica 100% 2,0%
Contratos de construcción o urbanización. > = 27 UVT > = 925.000 2,0%
Diseño de página web y consultoría en programas de informática a obligados a declarar renta. No aplica 100% 3,5%
Diseño de página web y consultoría en programas de informática a no obligados a declarar renta (la tarifa depende de si el beneficiario del pago o abono en cuenta cumple o no con las condiciones establecidas en los literales a) y b) del Decreto 260 de 2001). No aplica 100% 10% u 11%
Prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos por personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta. No aplica 100% 6,0%
Prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos por personas naturales no obligadas a declarar renta. No aplica 100% 10,0%
Otros ingresos tributarios Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales obligadas a declarar renta. > = 27 UVT > = 925.000 4,0%
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no obligadas a declarar renta. > = 27 UVT > = 925.000 3,5%
Loterías, rifas, apuestas y similares. > 48 UVT > 1.645.000 20,0%
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar (la retención aplica cuando los ingresos diarios del colocador independiente superen las 5 UVT). > 5 UVT > 171.000 3,0%
Para artistas extranjeros que efectúen presentaciones artísticas o culturales en Colombia. No aplica 100% 8,0%
Exportación de hidrocarburos. > = 27 UVT > = 925.000 3,0%
Exportación de otros productos mineros, incluyendo el oro. > = 27 UVT > = 925.000 1,0%
Rendimientos financieros en general. No aplica 100% 7,0%
Intereses o rendimientos financieros por operaciones activas de crédito o mutuo comercial. No aplica 100% 2,5%
Tarifa de retención en rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija. No aplica 100% 4,0%
Servicios Ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria (personas naturales declarantes o no de renta). > 87 UVT > 2.981.000 Ver tabla del artículo 383 del ET, la cual fue modificada por el artículo 34 de la Ley 1943 de 2018.
Honorarios y compensación de servicios personales por personas naturales que hayan subcontratado a una persona natural o que hayan subcontratado a dos o más personas menos de 90 días continuos o discontinuos. > 87 UVT > 2.981..000 Ver tabla del artículo 383 del ET, la cual fue modificada por el artículo 34 de la Ley 1943 de 2018.
Servicios de aseo y vigilancia (la base será el     100 % del AIU siempre que sea mayor o igual a 4 UVT). > = 4 UVT > = 137.000 2,0%
Servicios de hoteles, restaurantes y hospedajes para obligados a declarar renta. > = 4 > = 137.000 3,5%
Servicios de transporte nacional de carga. > = 4 UVT > = 137.000 1,0%
Servicios de transporte terrestre nacional de pasajeros para obligados a declarar renta. > = 27 > = 925.000 3,5%
Servicio de transporte aéreo y marítimo de pasajeros. > = 4 UVT > = 137.000 1,0%
Servicios en general para personas jurídicas, asimiladas y personas naturales obligadas a declarar renta. > = 4 UVT > = 137.000 4,0%
Servicios en general para personas naturales no obligadas a declarar renta. > = 4 UVT > = 137.000 6,0%
Servicios temporales de empleo (la base será el 100 % del AIU siempre que sea mayor o igual a 4 UVT). > = 4 UVT > = 137.000 1,0%
Servicios integrales de salud prestados por una IPS. > = 4 UVT > = 137.000 2,0%
Servicios de licenciamiento y derechos de uso de software a obligados a declarar renta. No aplica 100% 3,5%
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Tabla de retenciones en la fuente por renta para el año fiscal 2019

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