* Lo que se busca con las Jornadas es fomentar las ventas y compras legales, para tener aliados de una gestión donde el recaudo del IVA permite un mayor desarrollo para el país.
* Las Jornadas Nacionales de Facturación serán pedagógicas al principio y luego habrán sanciones.
* Los colombianos asumen que solo los grandes negocios son los que facturan.
Requerir información a los comerciantes que no están autorizados a pedir, así como cometer abuso de autoridad a la hora de realizar los procedimientos, son las denuncias más comunes que formulan los comerciantes en contra de la Dian.
Procedimiento a seguir frente a obligaciones contraídas con la DIAN y posibles deberes de una sociedad intervenida ante la superintendencia de sociedades.
Son muchas y varias las entidades personas jurídicas que no registrarían sus libros de contabilidad ante las Cámaras de Comercio sino ante la DIAN. Acá tenemos el listado de tales entidades.
Existe entre muchos la equivocada interpretación de que este tipo de declaraciones no van a ser recibidas en los bancos para quienes hoy día todavía declaran en papel. Pero ya la DIAN se ha pronunciado al respecto
Todos los ingresos son gravados, a menos que la ley haya otorgado expresamente un beneficio tributario calificándolos como ingresos no constitutivos de renta ni ganancial ocasional o como renta exenta; por lo anterior, al no corresponder los que se reciben mediante mecanismos de compensación, a ninguno de los mencionados, son ingresos gravados con el impuesto sobre la renta y complementario.
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En la nueva versión, la 2.3 publicada en Febrero 19 de 2009, la DIAN se retracta de la posición que había tenido en la Versión 2.2. publicada a comienzos de Febrero de 2009 sobre la forma de diligenciar los pagos no deducibles en el Formato 1001.
En fecha 2 de Febrero de 2009 la DIAN actualizó la versión del prevalidador tributario que se descarga desde el portal de Internet de dicha entidad y que se utilizará para la construccion de los archivos de Información Exógena Tributaria a que se refieren las Resoluciones 3841 a 3848 de 2008. La versión que se tuvo hasta antes de dicha fecha era identificada como «Prevalidador Tributario 2008 2.2.». La nueva versión se identifica como «Prevalidador Tributario 2009 v.2.2.»
El Decreto 045 de Enero 14 de 2009 les permitirá presentar sin pago o con pago parcial hasta Febrero 27 de 2009 sus declaraciones de retención en la fuente de los meses de Noviembre y Diciembre de 2008 al igual que su declaración de IVA del bimestre Noviembre-Diciembre de 2008
– ¿Cuál es el procedimiento que tiene la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para inscribir de oficio a un obligado en el Registro Único Tributario?
– Al cambiar mi compañía de razón social, ¿Puedo utilizar la facturación anterior hasta agotar existencias o hasta cierto tiempo prudencial tal como lo señala la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en sus doctrinas? En ese caso, ¿Qué se entiende por tiempo prudencial?
– Cuál es el porcentaje de retención en la fuente por el pago de una indemnización a un ex empleado y cuál sería el soporte válido en caso de realizarse una conciliación prejudicial?
Por la cual se prescriben los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2009 y se fijan los precios de venta al público.