Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: bienes exentos

Decreto Ley 551 de abril 15 de 2020 extiende exención de IVA a 211 insumos médicos

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 21 abril, 2020

La norma amplía de 24 a 211 los insumos médicos exentos de IVA que inicialmente se habían establecido con el Decreto Ley 438 de 2020, los cuales tienen menos requisitos engorrosos que aquellos establecidos en la Ley 2010 de 2019 para los 3 días de ventas exentas de IVA de ciertos bienes.

Bienes inmuebles excluidos y exentos del INC

CAPACITACIONES, Impuestos Publicado: 1 noviembre, 2019

La Ley de financiamiento 1943 de 2018 estableció cuáles bienes inmuebles se encuentran bajo los beneficios de la exclusión y exención del impuesto nacional al consumo y, adicionalmente, determinó los requisitos aplicables para estos casos.

Bienes exentos del IVA con derecho a devolución bimestral

Impuestos Publicado: 15 septiembre, 2015

Los bienes y servicios exentos del IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del cero por ciento (0%); los productores de estos bienes y servicios son responsables del impuesto sobre las ventas con derecho a descuentos y devoluciones, por lo que deberán presentar la declaración del IVA. El artículo 481 del Estatuto Tributario menciona los bienes y servicios exentos del IVA con derecho a devolución bimestral; los allí mencionados son:

Bienes exentos de IVA

Impuestos Publicado: 16 junio, 2014

Los bienes exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del 0%; tendrán dicha calidad los bienes y servicios que para tal efecto la ley los mencione expresamente.

Definición de bienes y servicios exentos de IVA

Impuestos Publicado: 16 junio, 2014

Los bienes y servicios exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del cero por ciento (0%). Por esta razón los productores de bienes y prestadores de servicios a los que la ley da dicha calidad, son responsables del IVA y deberán presentar declaración de este impuesto, pero podrán solicitar la devolución, siendo posible para ellos descontar los impuestos que paguen en la adquisición de bienes, servicios e importaciones, que constituyan costo o gasto para producirlos y comercializarlos o para exportarlos.

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