La Dian recordó a las empresas y entidades que no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61.
Hasta el 31 de julio de 2020 será el plazo para que las personas naturales residentes y sociedades nacionales que cumplan los requisitos para trasladarse al régimen simple realicen el respectivo proceso de inscripción.
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Hasta el 31 de julio de 2020 será el plazo para que las personas naturales residentes y sociedades nacionales que cumplan los requisitos para trasladarse al régimen simple realicen el respectivo proceso de inscripción, incluyendo, por supuesto, la actualización del RUT.
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Hasta el 31 de julio de 2020 será el plazo para que las personas naturales residentes y sociedades nacionales que cumplan los requisitos para trasladarse al régimen simple realicen el respectivo proceso de inscripción, incluyendo la actualización del RUT.
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Por la cual se reglamenta el Decreto 1567 del 31 de julio de 2015, correspondiente al Programa de Fomento para la Industria Automotriz y se dictan otras disposiciones, como la actualización de usuario en el RUT, el contenido de la declaración de importación, entre otros.