Las entidades sin ánimo de lucro que deseen calificar o permanecer en el régimen tributario especial deben adelantar tres tipos de proceso, según sea el caso, en los primeros tres meses de cada año, los cuales son:
– Calificación en el RTE.
– Readmisión en el RTE.
– Actualización del registro web.
Mediante el Decreto 1680 de 2020, el Ministerio de Hacienda fijó el nuevo plazo para que las entidades del régimen tributario especial lleven a cabo el proceso de actualización del registro web y el reporte de la memoria económica señalada en el artículo 356-3 del ET.
Mediante el Decreto Legislativo 438 de marzo 19 de 2020, el Gobierno nacional amplió el plazo para que los contribuyentes pertenecientes al RTE realicen la actualización del registro web.
Las Esal calificadas dentro del RTE tendrán hasta el 30 de junio de 2020 para efectuar dicha actualización.
Durante el 2019 se llevará a cabo por primera vez el proceso de actualización del registro web en el régimen tributario especial. El Decreto de calendario tributario 2442 de 2018 fijó las fechas para este trámite y para el reporte de la memoria económica del artículo 356-3 del ET.