Las concesiones de alquiler podrán darse de diversas maneras. Podrán incluir reducciones, exenciones y aplazamientos.
Las modificaciones son efectivas para períodos que comienzan a partir del 1 de junio de 2020, aunque se permite su aplicación anticipada.
KPMG explica algunas excepciones relacionadas con la NIIF 16 – “Arrendamientos”, así como el tratamiento contable del balance general y el estado de resultados.
El objetivo es asegurar que tanto arrendatarios como arrendadores provean información relevante y fiel de este tipo de operaciones.
Alan Ibáñez de EY explica las complejidades presentadas a la hora de implementar la NIIF 16 – Arrendamientos, tanto para compañías con pocos contratos de arrendamientos, como para las que tienen un alto volumen. Empresas están incurriendo en costos adicionales a los presupuestados inicialmente.
En la transición hacia la NIIF 16 el arrendador podía optar por dos enfoques: el retrospectivo y el retrospectivo modificado. En el primero, la información se prepara como si la NIIF hubiera estado siempre vigente. En el segundo, la entidad aplica la NIIF a partir del 1 de enero de 2019.
La NIIF 16, aplicable desde el 1 de enero de 2019 para el reconocimiento y medición de los contratos de arrendamiento, elimina la necesidad de clasificarlos entre financieros u operativos, lo que exige considerar algunos cambios en su contabilización. En esta infografía explicamos cuáles.
La norma sobre arrendamientos produjo un cambio significativo en la forma como las entidades deben reconocer este tipo de contratos y los activos involucrados en ellos. En este editorial resaltamos algunos aspectos importantes que deben tenerse en cuenta al considerar individualmente cada contrato.