Alan Ibáñez de EY explica las complejidades presentadas a la hora de implementar la NIIF 16 – Arrendamientos, tanto para compañías con pocos contratos de arrendamientos, como para las que tienen un alto volumen. Empresas están incurriendo en costos adicionales a los presupuestados inicialmente.
En la transición hacia la NIIF 16 el arrendador podía optar por dos enfoques: el retrospectivo y el retrospectivo modificado. En el primero, la información se prepara como si la NIIF hubiera estado siempre vigente. En el segundo, la entidad aplica la NIIF a partir del 1 de enero de 2019.
La norma sobre arrendamientos produjo un cambio en cómo las entidades deben reconocer este tipo de contratos y los activos involucrados: eliminó el modelo de contabilidad dual que distingue entre los contratos de arrendamiento financiero –que se registran dentro del balance– y los operativos.
Las transacciones de venta con arrendamiento posterior requieren que primero se evalúe si se cumple la transacción de venta. Si no se cumplen los criterios de venta, el desenlace del tratamiento contable es totalmente distinto al de los arrendamientos. Veamos cómo se realiza esta evaluación.