Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: artículo 241 del ET

Venta de activos fijos de personas naturales obligadas a llevar contabilidad

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 28 junio, 2016

Para definir la utilidad o pérdida fiscal en la venta de un activo fijo, las personas naturales deben informar en el formulario de la declaración de renta correspondiente el precio de venta del activo fijo y enfrentarle el costo fiscal del mismo. En caso de que se venda a pérdida se deberá limitar el costo fiscal al precio de venta, para de esta manera no reflejar pérdida en la declaración.

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